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Este aviso se cerrará en segundos

Feriado del 01 de mayo: ¿Qué comercio puede atender?

  • Por Meganoticias

Este domingo 01 de mayo se celebra el Día del Trabajador, fecha que en Chile por ley corresponde a un "feriado irrenunciable". Esto significa que el comercio no podrá abrir sus puertas ni atender al público. Sin embargo, hay algunas excepciones.

Según la normativa, entre los que tienen derecho al descanso están los trabajadores que se desempeñen en zonas comerciales como mall y strip center. Por ende, estos servicios no podrán abrir sus puertas.

Asimismo, el feriado debe iniciarse a más tardar a las 21:00 horas del 30 de abril, por lo que usualmente la autoridad establece la obligación de terminar la atención al público a las 20:00 horas. Sin embargo, los locales comerciales pueden cerrar antes si lo estiman conveniente.

Los que sí pueden atender al público en 01 de mayo son los locales comerciales administrados de forma autónoma (por sus propios dueños), como panaderías, almacenes y farmacias, siempre que no estén ubicados dentro de un centro comercial.

La ley establece además que hay rubros que están exentos del feriado obligatorio e irrenunciable y que podrán prestar servicios. Estos son clubes, restaurantes, cines, espectáculos en vivo, discoteques, pubs, cabarets y casinos de juego.

Fuentes de soda y pastelerías también podrán atender en la medida que los clientes de éstas últimas efectúen el consumo de los alimentos que en ellas se elaboran y en el mismo local.

Tampoco será aplicable a los dependientes de expendio de combustibles yde las "tiendas de conveniencia" asociadas a tal actividad, y sólo en la medida que en ellas se preparen y elaboren alimentos para consumo directo en el propio local.

Los dependientes de farmacias de urgencia y de las farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria tendrán trabajar pese al feriado.