Logo Mega

Este aviso se cerrará en segundos

Llegó a Urgencias con dolor en el pecho, no la atendieron oportunamente y murió por infarto: Familia será indemnizada

¿Qué pasó?

El Juzgado de Letras de Colina falló a favor de las hijas de una paciente fallecida, acusando a la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa de perjuicios y falta de servicios. Este fallo favorable para las demandantes se tradujo en una indemnización de 60 millones por el concepto de daño moral.

De acuerdo a lo que se puede leer en la demanda presente en el Poder Judicial, todo ocurrió el 6 de febrero de 2020, cuando la víctima, de 49 años de edad, "ingresó al Servicio de Urgencia Rural José Bauza Frau, correspondiente de la comuna de Lampa (...) el motivo de la urgencia era dolor opresivo en el pecho y tórax en general, ahogo, adormecimiento del brazo izquierdo y de la pierna izquierda, disnea, palpitaciones y mareos, junto con un pulso acelerado que alcanzaba los 119 latidos por minuto, el que fue in crescendo con el transcurso del tiempo".

Ir a la siguiente nota

De la misma manera, se estipula que, a pesar de los síntomas con las que se encontraba, la paciente no fue atendida con la premura requerida, estando mucho sin ser atendida por un profesional de la salud.

A su vez, se hace hincapié en que "la paciente además de los claros síntomas de infarto al miocardio que exhibía, se encontraba con sobre peso al momento de sufrir la urgencia médica señalada pesando 99 kilos aproximadamente con una estatura de 1.48 metros, lo que, junto con hipotiroidismo subclínico y una insuficiencia venosa (antecedentes de morbilidad) hacían más necesario aún, la realización del electrocardiograma lo antes posible".

LO ÚLTIMO

"Los profesionales de la salud de la Corporación demandada, nada hicieron los primeros 50 minutos desde el ingreso de la paciente, a pesar de los gritos desgarradores pidiendo auxilio que todos escuchaban en el recinto, como se dijo. Solo se le suministró vía endovenosa, un medicamento que rigidizó su mandíbula y el tono muscular en general, momento en el que la paciente se descompensó totalmente", se añade. Finalmente, la paciente falleció de un infarto al miocardio

El fallo de la Justicia

Al momento de entregar su deliberación, el Juzgado de Letras de Colina tomó en consideración un peritaje que estableció que "la demora en el diagnóstico de este caso, retrasó el inicio de un tratamiento adecuado y la solicitud de un traslado urgente a un centro de derivación con capacidad para tratar la arteria coronaria que se encontraba ocluida (angioplastía o trombolisis), donde el estándar óptimo aceptado es de 90 minutos desde el inicio del cuadro. El tiempo transcurrido hasta el inicio del tratamiento que abre la arteria en este tipo de infartos (con elevación del segmento ST) es el factor más determinante en la mortalidad de los pacientes".

"En efecto, el infarto masivo que presentaba la paciente evolucionó, dentro de los primeros 60 minutos, hacia una arritmia grave que le provocó un paro cardiorrespiratorio. No se encontró en los registros clínicos disponibles anotaciones sobre la administración de una o más descargas eléctricas para desfibrilar el ritmo cardíaco durante las maniobras de reanimación avanzada", concluye el peritaje. 

En tanto, para la Justicia "atendida las comorbilidades que sufría la paciente y antecedentes previos de atención, debió anticipar la gravedad de su situación y no relativizarla, considerando las consecuencias de un posible agravamiento, resultando insostenible el argumento que por la condición de salud de la usuaria, su fallecimiento de igual forma ocurriría".