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Este aviso se cerrará en segundos

Corte de luz a nivel nacional: Dirección del Trabajo aclaro que no puede haber despidos ni descuentos a trabajadores

¿Qué pasó?

La Dirección del Trabajo (DT) informó que las empresas no pueden despedir o descontar remuneraciones a los trabajadores que debieron retirarse, llegaron con atraso o no pudieron concurrir a sus empleos por el masivo corte de luz que afectó al país entre las regiones de Arica y Parinacota y Los Lagos este martes y miércoles.

Hechos como el apagón son casos fortuitos o de fuerza mayor, argumentó la DT, derivaron en la afectación del servicio de Metro de Santiago, en los sistemas de trenes urbanos regionales o de transporte público a consecuencia de semáforos apagados que dificultaron el flujo vial, lo que no es atribuible a los trabajadores.

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Respecto a la jornada del 25 de febrero de 2025, la DT recordó un dictamen que indica que si el trabajador se encontraba en su lugar de trabajo, pero por razones ajenas a su voluntad no pudo ejercer sus tareas, se configura la jornada pasiva. Es decir, estaba en su lugar de trabajo a disposición del empleador, por lo que no se puede ver afectada su remuneración.

El corte de energía eléctrica representa un caso fortuito o fuerza mayor

Además, el artículo 184 bis del Código del Trabajo obliga a los empleadores a proteger la vida y salud de sus trabajadores. Si las condiciones laborales generan inseguridad para la vida o la salud de estos se deberá suspender las labores, puesto que el corte de energía eléctrica representa un caso fortuito o fuerza mayor; es decir, algo completamente imprevisible y que no es imputable a las y los trabajadores.

LO ÚLTIMO

Por tanto, es una situación que se tiene que determinar caso a caso, pero que, por regla general, no sería motivo de ningún tipo de sanción por parte del empleador a ese trabajador o trabajadora que no puede llegar o se ausenta de su lugar de trabajo, pues se debe respetar el principio de continuidad y estabilidad laboral.

De acuerdo con las leyes, tampoco debería sancionarse a los trabajadores y trabajadoras que llegaron atrasados por dificultades de funcionamiento del transporte público, dijo la DT en un comunicado.

¿Cómo denunciar o hacer consultas ante la Dirección del Trabajo?

En caso de denuncias, la DT tiene a disposición el portal MiDT y también las oficinas de atención de la Inspección del Trabajo a lo largo del país. Para consultas está habilitado el canal virtual SUAC y el teléfono 600 450 4000.