Tendrá que pagarle $3 millones: Mujer amenazó a comerciante de Coquimbo por redes sociales y Justicia falló en su contra
En un contexto en que la salud mental y las redes sociales están entrelazadas, la justicia emitió una inédita sentencia contra una mujer que insultó y amenazó a una comerciante mediante plataformas digitales.
Un tribunal civil de la región de Coquimbo ordenó que la autora de tales denostaciones pague una indemnización por concepto de daño moral de $3.000.000 a la víctima, a quien conoció durante una fallida transacción en Internet.
Según determinó el Segundo Juzgado de Letras de Coquimbo, lo que hizo la demandada califica como abuso psicológico, explicitando que se entrometió en la vida privada de la afectada para amenazarla a ella y a su círculo más íntimo.
Los detalles del caso
El primer contacto entre ambas protagonistas del caso se dio en una plataforma de ventas online en 2023. Tras no alcanzar un acuerdo en la compra de un producto, para la comerciante empezó una verdadera pesadilla, porque no paró de recibir insultos y amenazas por parte de la mujer.
Los mensajes no solo contenían denostaciones para ella, sino que también incluían fotografías de sus familiares, obtenidas por la denunciada a través de una indagación en las redes sociales. La situación se fue agravando con el transcurso de las semanas, al punto de que la víctima cayó en un cuadro de angustia y temor.
A fines de 2023 ingresó a un programa de salud mental en un Centro de Salud Familiar (Cesfam), cuyo tratamiento psicológico acreditó el diagnóstico de daño emocional. En términos judiciales, este dictamen médico es clave para determinar la indemnización hacia la afectada, porque los perjuicios no patrimoniales como la ansiedad, el temor y el deterioro psicológico son resarcidos monetariamente.
"Las expresiones proferidas por la demandada a través de aplicaciones de mensajería de texto y en redes sociales (...) resultan idóneas para socavar la moral de toda persona, a lo que cabe agregar que las amenazas (...) impresionan como graves, serias y verosímiles", expresó el juez Ismael Fuentes Navarrete.
El magistrado agregó en su fallo que las fotografías incluidas en los insultos "han podido provocar una razonable angustia, generada por el temor de verse expuesta a un daño grave, no solo en su persona sino en la de quienes constituyen su entorno cercano".
Como esta es una sentencia de un tribunal de primera instancia, ambas pueden acudir a la Corte de Apelaciones —la primera, para aumentar el monto de la indemnización, por ejemplo; y la segunda, para evitar el pago—. De hacerlo y quedar disconformes, la última instancia será la Corte Suprema, la que zanjará definitivamente el caso.