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¡12 feriados en días de semana!: Estos son todos los festivos de 2025 en Chile

¿Qué pasó?

Restan horas para que inicie un nuevo año y ya tenemos confirmados los próximos feriados que se darán en Chile. En total, habrá 18 jornadas festivas, siendo 12 de ellas en días hábiles de la semana, algo que de seguro alegrará a más de algún trabajador o trabajadora.

Destacar que en todos estos días feriados, también hay que tener en cuenta los irrenunciables, donde este 2025 viene nuevamente con cinco en total. Además, lo anterior vendrá acompañado de dos sorpresas, de las cuales están a ‘confirmar’ y ligadas a las elecciones presidenciales y parlamentarias.

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En Meganoticias.cl te mencionaremos todos los feriados que llegarán en 2025, si son irrenunciables, y en qué día de la semana caerán.

Estos son todos los feriados en 2025

  • Miércoles, 1 de enero: Año Nuevo (irrenunciable).
  • Viernes y sábado 18 y 19 de abril: Semana Santa.
  • Jueves, 1 de mayo: Día del Trabajador (irrenunciable).
  • Miércoles, 21 de mayo: Día de las Glorias Navales.
  • Viernes, 20 de junio: Día Nacional de los Pueblos Indígenas.
  • Domingo, 29 de junio: San Pedro y San Pablo y elecciones primarias presidenciales y parlamentarias.
  • Miércoles, 16 de julio: Día de la Virgen del Carmen.
  • Viernes, 15 de agosto: Asunción de la Virgen.
  • Jueves y viernes, 18 y 19 de septiembre: Fiestas Patrias.
  • Domingo, 12 de octubre: Encuentro de Dos Mundos.
  • Viernes, 31 de octubre: Día de las Iglesias Evangélicas.
  • Sábado, 1 de noviembre: Día de Todos los Santos.
  • Domingo, 16 de noviembre: Elecciones Presidenciales y Parlamentarias.
  • Lunes, 8 de diciembre: Inmaculada Concepción.
  • Domingo, 14 de diciembre: Elecciones Presidenciales (segunda vuelta y por confirmar).
  • Jueves, 25 de diciembre: Navidad (irrenunciable).
LO ÚLTIMO

¿Qué significan los feriados irrenunciables?

En Chile, un feriado irrenunciable significa que un comercio no abrirá sus puertas o no funcionará de la misma forma que suele atender habitualmente. Por ejemplo, los supermercados, malls y grandes tiendas del país permanecerán cerradas durante las 24 horas de las respectivas fechas.

De acuerdo al artículo 2 de la ley 19.973, "son días de feriado obligatorio e irrenunciable los días 1 de mayo, 18 y 19 de septiembre, 25 de diciembre y 1 de enero de cada año". Sin embargo, quedan fuera de la norma aquellos que presten servicios en los siguientes lugares:

• Clubes
• Restaurantes
• Establecimientos de entretenimiento, tales como: cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets.
• Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos
• Casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados
• Establecimiento de venta de combustibles (conocidas como "bencineras" o "bombas de bencina")
• Farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
• Tiendas de conveniencia asociada a establecimientos de venta de combustibles, es decir, aquellos lugares comerciales de venta directa al público ubicadas ubicados dentro del recinto de las bencineras, donde se elaboran y venden alimentos preparados en el mismo sitio, y son consumidos por el cliente en el propio local.