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Clínica deberá pagar millonaria indemnización a paciente tras negligencia en intervención quirúrgica

¿Qué pasó?

El Octavo Juzgado Civil de Santiago condenó a una clínica del país a pagar una indemnización correspondiente a $10 millones por el concepto de daño moral a una paciente que recibió atención negligente en una intervención de reducción mamaria.

¿Cómo ocurrió la negligencia?

Según la ficha clínica, la mujer recibió un diagnóstico erróneo previo a una segunda operación de aumento mamario durante el 2010. Lo anterior derivó en la ruptura de sus implantes en la primera intervención quirúrgica.

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A partir de allí, desde el 2013, comenzó a sentir dolor, específicamente, en su mama izquierda, el que se hizo presente nuevamente el 2017.

Entre otras cosas, la mujer llegó a tener endurecimiento en los implantes y también una caída en sus mamas, así que necesitaba de una mastopexia con recambio de implantes, informó Diario Constitucional.

LO ÚLTIMO

En paralelo a esto, el traumatólogo que la trató le recomendó realizarse una reducción mamaria con el fin de mejorar la sintomatología de dolor en su espalda, producto de un accidente en 2016 y en el cual se fracturó unas vértebras.

El fallo judicial

En primera instancia, se determinó que la afectada tenía conocimiento pleno de los riegos de esta cirugía a la que se sometió y habría dado el consentimiento para que los médicos se la realizaran, teniendo en cuenta sus antecedentes clínicos y sus síntomas.

De esta manera, la demandante no incluyó compensación por la falta de consentimiento informado. Pero el fallo estableció que la clínica provocó "menoscabo, angustia y aflicción" en la afectada.

En concreto, la magistrada estableció la responsabilidad del recinto médico por infracción a la "lex artis" (criterio médico) de los doctores a cargo del procedimiento y el posoperatorio.

De acuerdo a lo anterior, se ordenó una indemnización de $10 millones a la paciente por parte de la clínica y que dicha suma "deberá ser pagada debidamente reajustada conforme la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor, desde la fecha en que la presente sentencia quede debidamente ejecutoriada".