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Sernac presenta nueva demanda en contra de empresa por colusión de papel higiénico

¿Qué pasó?

El Servicio Nacional del Consumidor, Sernacpresentó una demanda colectiva a través del Tribunal de Libre Competencia en contra de la empresa SCA, actual Essity Chile SA, esto con el objetivo que las personas consumidoras afectadas por la colusión del papel higiénico sean finalmente compensadas. 

Al respecto, el director nacional del Sernac, Andrés Herrera, explicó que el objetivo de esto es lograr un acto de justicia para las miles de personas que se vieron afectadas por la colusión del papel por más de 11 años y que todavía no han sido compensadas, "pese a todos los esfuerzos desplegados por Sernac y las asociaciones de consumidores del país". 

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"Creemos que no es posible ni justo que SCA, actual Essity Chile S.A., que se coludió durante 11 años, dañando la confianza del mercado y abusando de los consumidores, no compense a quienes dañó, y más encima se lleve para la casa 55 mil millones de pesos", dijo Herrera.

Los argumentos del Sernac para presentar nueva demanda

Luego del revés judicial propinado por la Suprema, desde el Sernac se adelantó que se estudiarían nuevos caminos legales en busca de que quienes resultaron afectados pudiesen recibir la indemnización que busca el Sernac.

LO ÚLTIMO

"Con la presentación de esta nueva demanda estamos cumpliendo el compromiso que señalamos en julio pasado tras conocer la sentencia de la Corte Suprema, que implicó que miles de consumidores quedaran sin compensación en este emblemático caso de colusión", expresó Herrera.

Cabe destacar que esta acción judicial presentada por el servicio contó con el apoyo de la asociación de consumidores AGRECU y fue interpuesta luego del fallo desfavorable de la Corte Suprema de julio del año pasado, instancia que desestimó las compensaciones para las personas afectadas.

En todo caso, según explican desde el organismo, esta nueva acción judicial se fundamenta en una serie de nuevas modificaciones legales que permiten exigir compensaciones por este caso. Al respecto, aclaró el organismo que la reforma al artículo 54 de la Ley del Consumidor, establece que Sernac, las asociaciones de consumidores o un grupo no inferior a 50 consumidores, puede presentar una nueva demanda basada en nuevas circunstancias.