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Gobierno ordena expulsión del comunero argentino Facundo Jones Huala tras recuperar su libertad

¿Qué pasó?

El Gobierno ordenó la expulsión del comunero mapuche argentino Facundo Jones Huala, quien hace unos días recuperó su libertad tras un fallo de la Corte Suprema.

Cabe recordar que en 2018 la justicia chilena halló a Jones Huala culpable de tenencia de armas de fuego y de incendiar la casa del cuidador de una estancia en la región de Los Ríos, crímenes cometidos en 2013, por los que fue condenado a nueve años de prisión, aunque luego se le redujo la pena a solo seis años.

LO ÚLTIMO

La semana pasada, la Corte Suprema acogió un recurso de amparo y ordenó su liberación inmediata, argumentando que su condena acabó de ser cumplida el pasado viernes 14 de junio.

¿Qué dijo el Gobierno?

Según recogió Radio Bío-Bío, el delegado presidencial en La Araucanía, José Montalva, manifestó que entre las razones para decretar su expulsión se consideró que al cumplir su condena en nuestro país, tras ser extraditado, quedó en una situación migratoria irregular.

 

ATON (referencial)

 

"Hay una resolución que establece las razones y da cuenta de la resolución de expulsión, que está firmada también por Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior", le dijo Montalva al medio citado.

"La condena por delitos, su situación migratoria irregular, en fin, son una serie de situaciones que establece la ley y que aparecen en la misma resolución", agregó.

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Corte Suprema ordenó su libertad inmediata

El pasado 16 de agosto, la Corte Suprema ordenó la libertad inmediata de Francisco Facundo Jones Huala, luego de que la Segunda Sala del máximo tribunal acogiera un recurso de amparo al considerar que se debe abonar al cumplimiento de la pena el tiempo en que estuvo detenido en Argentina por un proceso de extradición.

El fallo establece que "teniendo presente que el saldo de condena que el amparado debía cumplir conforme se estableció en las sentencias de extradición era de 1 año, cuatro meses y 17 días; a este periodo de tiempo se debe descontar el abono efectuado por el Juzgado de Garantía de Río Bueno, correspondiente al tiempo que el amparado permaneció privado de libertad en Argentina durante la tramitación de la extradición, correspondiente a 11 meses y 5 días, lo que equivale a 341 días".

"El saldo que al amparado le resta por cumplir es de 5 meses y 12 días, que corresponden a 162 días. Teniendo presente que el condenado reingresó a cumplir el saldo de pena el 4 de enero de 2024, la pena se cumplió el 14 de junio de 2024, de manera que, como se ha venido razonando, se encuentra ilegalmente privado de su libertad", precisa.

De esta forma, se decidió revocar la sentencia apelada del 9 de julio de 2024, que fue dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, y se "declara que ha lugar al recurso de amparo interpuesto en favor Francisco Facundo Jonas Huala, debiendo tenerse por cumplido el saldo de pena que cumple".