Proyecto busca que deudores de pensión de alimentos no puedan ingresar a casinos ni tampoco apostar
Un grupo de diputados y diputadas de la oposición e independientes presentó un proyecto de ley para ampliar el catálogo de sanciones que se aplican a los deudores de pensiones de alimentos.
Para ello, plantean la modificación de tres leyes para que las personas inscritas en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos no puedan acceder a los casinos de juegos ni a los hipódromos, estableciéndose la prohibición de que puedan apostar.
Cabe recordar que quienes están inscritos en ese sistema son los denominados "papito corazón"; es decir, personas que adeudan tres meses consecutivos o cinco meses discontinuos de pensión de alimentos, siempre que así lo determinen los tribunales de familia.
Las nuevas restricciones contra deudores alimentarios que se pretenden sumar
Actualmente, a los deudores que están contemplados en el Registro Nacional se les aplica una serie de restricciones. Algunas de ellas son la retención de la devolución de impuestos de la Operación Renta, la retención de parte del sueldo en caso de ser contratado o ascendido en alguno de los tres poderes del Estado y la no renovación de su licencia de conducir y pasaporte, por mencionar algunas.
Para los autores de la iniciativa, "resulta necesario e indispensable fortalecer la institucionalidad vigente y ampliar el catálogo de sanciones para los deudores de alimentos (...) con el objeto de incentivarlos a cumplir, mediante apremios y restricciones, con una obligación que legal y moralmente les corresponde".
Ir a la siguiente notaEl proyecto contempla propósitos y el primero modifica el artículo 7 del DFL1, el que aborda la ley sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias. La idea es que los "papitos corazón" tengan prohibido apostar y entrar a recintos de apuestas, tales como salas de juegos de casinos e hipódromos.
El segundo modifica la Ley General de Hipódromos, incorporando la restricción de que deudores con inscripción vigente en el Registro Nacional no sean admitidos en el sistema de apuestas mutuas reguladas por la citada legislación.
Mientras que el tercero hace lo propio con la Ley 19.995, estableciendo la prohibición en el acceso de deudores a salas de juegos y la imposibilidad de realizar apuestas en los juegos de azar desarrollados en los casinos de juegos.
El proyecto está recién en su primer trámite constitucional y los primeros en discutirlo serán los diputados y diputadas que integren la comisión de Familia.
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