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Empresa de buses indemnizará a hermana de mujer que murió en accidente hace ocho años

¿Qué pasó?

La Corte Suprema ordenó a una empresa de buses a indemnizar a hermana de una pasajera que falleció en un accidente carretero registrado en la comuna de Ovalle, en la región de Coquimbo.

Según los hechos expuestos ante la justicia, el accidente ocurrió a las 04:24 horas de la mañana del 11 de julio de 2016, cuando Andrea Carrasco Fierro viajaba como pasajera del bus interprovincial de la Empresa de Transportes Rurales SpA (Tur Bus) desde Santiago a La Serena.

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A la altura del puente El Teniente, en la comuna de Ovalle, en la Ruta 5 Norte, el bus volcó en una curva, accidente que ocasionó el fallecimiento de cuatro pasajeros, entre ellos Andrea, quien murió a causa de un politraumatismo craneoencefálico producto del accidente.

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Tras el hecho, su hermana interpuso una demanda de indemnización de perjuicios en contra de Empresa de Transportes Rurales SpA.

LO ÚLTIMO

Un informe de la SIAT de Carabineros determinó que el conductor habría conducido "en condiciones físicas deficientes (sueño, cansancio o fatiga)", lo que ocasionó que perdiera "el control y maniobrabilidad del móvil", ocasionando el volcamiento de la máquina.

El 29 de julio de 2019, más de tres años después del accidente, Francisco Guajardo, el conductor del bus, fue condenado a 540 días de reclusión menor en su grado mínimo por su responsabilidad como autor material y directo de cuatro cuasidelitos de homicidio.

Adicionalmente, se le suspendió la licencia de conducir por un periodo de dos años y se le prohibió ejercer cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena.

Hermana de la víctima recibirá $25 millones 

En una primera instancia, en mayo de 2022, el 29 Juzgado Civil de Santiago, acogió la demanda principal y condenó a la empresa de buses a pagar la suma de $25.000.000 a la hermana de la víctima por concepto de indemnización por daño moral.

Sin embargo, la empresa demandada interpuso un recurso de casación en el fondo interpuesto, el cual fue rechazado por la Corte Suprema.

En fallo unánime, la Cuarta Sala del máximo tribunal confirmó la sentencia que condena a la empresa a pagar $25.000.000 por concepto de daño moral, a la hermana de pasajera que falleció en el accidente de tránsito registrado en la Ruta 5 Norte, en julio de 2016.

La justicia determinó que hubo una "una correcta aplicación de la normativa atinente", puesto que "el conductor, propietario del vehículo y el tenedor del mismo a cualquier título, son solidariamente responsables de los daños o perjuicios que se ocasionen con su uso".