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TC acoge a trámite requerimiento de general Yáñez, pero rechaza suspender su formalización

¿Qué pasó? 

Este martes, el Tribunal Constitucional (TC) acogió a trámite el requerimiento del general director de Carabineros, Ricardo Yáñez, para suspender las causas y aplazar su formalización.

Sin embargo, el TC decidió rechazar la suspensión de la gestión procesal pendiente, por lo que la audiencia de formalización se mantiene para el mes de mayo.

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Cabe recordar que a la máxima autoridad de la institución uniformada se le acusa de presuntos delitos vinculados a su responsabilidad de mando durante el estallido social. 

 

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¿Qué dijo el Tribunal Constitucional? 

De acuerdo al escrito, la Segunda Sala de esa magistratura, integrada por su presidente, José Ignacio Vásquez, y los ministros María Pía Silva, Raúl Mera, Catalina Lagos y Marcela Peredo, resolvieron por unanimidad acoger el recurso de Yáñez. 

"Se resolvió, además, rechazar por mayoría de votos la solicitud de suspensión de la gestión procesal pendiente, con el voto en contra de los ministros José Ignacio Vásquez y Marcela Peredo", se añade en el documento. 

Asimismo, "se confirió el traslado a las demás partes de la gestión pendiente para que, con posterioridad, la misma Sala se pronuncie sobre la admisibilidad del requerimiento".

¿Qué dice el requerimiento de Ricardo Yáñez?  

En el requerimiento, Yáñez asegura que el Séptimo Juzgado de Garantía “a través de un procedimiento irracional e injusto está afectando mi dignidad y honra, y amenazando mi libertad personal, además de buscar dañar, a través mío, de forma irremediable la institución de Carabineros de Chile".

Respecto a la decisión del fiscal regional Xavier Armendariz, acusa que "pretende imputarme un delito que no he cometido de forma comisiva ni activa”, que en su cargo de director de orden y seguridad durante el 18-O, "no permití ni validé ningún hecho que pudiera estimarse un exceso de uso de la fuerza".

En esa línea, Yáñez sostiene que la solicitud hecha por la Fiscalía "contiene vicios que la hacen susceptible de ser anulada y que al no haberse declarado así por el juez de primer grado, vulneró garantías constitucionales como el debido proceso".

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