Cayó a un hoyo durante matrimonio en Chicureo y se lesionó el pie: Ahora recibirá más de $2 millones
A casi ocho años de lo ocurrido, finalmente la Corte Suprema confirmó la sentencia que obliga a una mujer y sus dos empresas a pagar más de $2,7 millones a la invitada de un matrimonio organizado en el sector de Chicureo, en la comuna de Colina.
En la instancia celebrada en 2016, la afectada cayó a un hoyo que no estaba debidamente señalizado, lesionándose el pie, lo que derivó en serias dificultades para su salud.
La víctima ya había conseguido un fallo a su favor en el juzgado y luego en la Corte de Apelaciones (primera y segunda instancia, respectivamente). La empresaria intentó revocar ambas condenas en su contra hasta llegar a la Corte Suprema.
Sin embargo, como el máximo organismo judicial es de última instancia, su sentencia es irrevocable y ahora no le queda otra chance que pagarle la indemnización a la invitada afectada.
¿Cómo fue el accidente matrimonio en Chicureo?
La festividad se desarrolló el 30 de abril de 2016, en la lujosa "Casona de la Laguna", propiedad de la productora de eventos demandada y que está ubicada en el sector de Piedra Roja, en Chicureo.
Después de disfrutar del cocktail y de la cena, la afectada salió a tomar aire a las afueras del inmueble. Ya era de madrugada (00:30 horas del domingo 1 de mayo) cuando decidió volver a su mesa. No obstante, en el trayecto "caí en un hoyo no señalizado y cubierto por piso falso (...) cortándome con un fierro el empeine de mi pie izquierdo, atravesando mi zapato de cuero cerrado", señaló la víctima.
En su demanda, obtenida por Meganoticias.cl, la damnificada aseguró que sufrió un intenso sangrado y que los propios invitados la auxiliaron, no así la administración del recinto, que no tenía enfermería ni servicios de primeros auxilios. Tampoco "tomaron medida de urgencia, no llamaron a una ambulancia ni se preocuparon de lo que me estaba ocurriendo", agregó.
Accidente fue más grave de lo que se pensó
Al ser trasladada al recinto médico más cercano, la hemorragia fue controlada mediante la sutura en la herida. La paciente pensó que el mal momento ya había pasado, pero el doctor luego le diagnosticó que el fierro no solo cortó su piel, sino también su tendón extensor de su pie izquierdo.
La situación ameritaba una cirugía, a la que se sometió el 2 de mayo de 2016. Después de ello, inició un largo proceso de recuperación y, una vez operada y dada de alta, "quedé sin movilidad de mi pierna izquierda por un mes", relató.
Productora de eventos desconoció el accidente
El mismo 1 de mayo, un día antes de pasar por el quirófano, la víctima se contactó con la dueña de la productora de eventos para contarle lo sucedido y conocer su protocolo ante este tipo de sucesos.
"Para mi sorpresa, la demandada me respondió desconociendo el hecho de que me había ocurrido un accidente, así como las circunstancias que lo rodean. Se limitó a señalar que solo se le notificó un incidente de una mujer bailando sin zapatos. Ante tal lamentable y desafortunada respuesta, le respondí refutando todas y cada una de sus afirmaciones".
La dueña de la empresa le volvió a negar lo sucedido, incluso manifestándole que no podía constatar la presencia de la afectada en el matrimonio en cuestión. "La actitud de las demandadas es reprochable, insuficiente y se condice con la inexistencia de medidas de seguridad", manifestó la afectada.
En un principio, la mujer exigía una indemnización de $731.559 por daño emergente y $20.000.000 por daño moral, pero el juzgado rebajó la última cifra a $2.000.000, lo que luego fue ratificado por la Corte de Apelaciones de Santiago y la Corte de Suprema.
Por lo tanto, la accidentada del matrimonio recibirá una indemnización total equivalente a $2.731.559.
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