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Le clonaron su CuentaRUT y ahora el banco deberá devolverle el dinero sustraído

¿Qué pasó?

La Corte de Apelaciones de Arica ordenó al BancoEstado restituir los fondos que fueron sustraídos desde la CuentaRUT de una usuaria que sufrió la clonación de su tarjeta.

La víctima recurrió hasta la justicia e interpuso un recurso de protección en contra de la institución bancaria, el cual fue acogido por la Primera Sala del tribunal de alzada en un fallo unánime.

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Banco deberá devolver el dinero sustraído

La justicia estableció el actuar arbitrario e ilegal del banco al negarse a restituir el monto sustraído desde la cuenta de la usuaria, luego de haber sido víctima de la clonación por terceros.

De acuerdo al fallo, el BancoEstado señaló que "no hubo fraude por tratarse de operaciones que habrían sido consentidas por la recurrente", sin embargo, la afectada "de manera categórica ha señalado que no autorizó las transacciones, realizó el reclamo correspondiente e indicó que su tarjeta había sido clonada".

 

CuentaRUT / Referencial (BancoEstado)

 

Tras efectuar las indagaciones del caso, la Corte de Apelaciones de Arica determinó que el banco "no ha dado cuenta del cumplimiento de las obligaciones que le impone" la Ley de Fraudes, Ley 21.234, ya que "no acreditó de modo alguno haber efectuado el abono hasta el tope de 35 unidades de fomento ($1.287.807) aludidas en la norma".

La justicia también estableció que el banco "tampoco demostró el haber acudido ante el Juzgado de Policía Local para ejercer las acciones que emanan de dicha legislación, a fin de obtener un pronunciamiento en relación a la existencia de dolo o culpa grave por parte del usuario".

Considerando lo anterior, la Primera Sala del tribunal de alzada acogió el recurso de protección interpuesto por la usuaria y ordenó una restitución monetaria del dinero sustraído.

"Se acoge el recurso de protección interpuesto (…) en contra del Banco del Estado de Chile, solo en cuanto se ordena al recurrido que deberá restituir a la actora la suma correspondiente hasta el tope de 35 unidades de fomento reembolsables a todo evento, dentro del plazo de 5 días hábiles desde que la sentencia quede ejecutoriada", mandataron.