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Esta es la extraña y antigua ley que regula lo que se puede tener en los balcones en Chile

Las personas que viven en edificios saben que los balcones y terrazas son el lugar perfecto para tener diversas plantas y objetos decorativos.

Pero, ¿sabías que en Chile la ley determina qué puedes tener en tu balcón?

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En nuestro país, el Código Penal, cuerpo normativo que regula los delitos, establece los objetos que una persona puede posicionar en su terraza y las multas a las que se expone en caso de incumplir la determinación.

¿Qué se puede tener en los balcones?

El Código Penal fue promulgado en noviembre de 1894 y en el artículo 496, númeral 24°, establece que no se pueden tener objetos en los balcones, ventanas y azoteas.

La legislación indica que están expuestos a multas "el que tuviere en balcones, ventanas, azoteas u otros puntos exteriores de sus casas, tiestos u otros objetos, con infracción de las reglas de policía", señala el Código Penal.

 

Pixabay

 

Considerando lo anterior, las personas no deberían poner, por ejemplo, maceteros en sus balcones.

La legislación también establece que quienes incumplan esa medida, "sufrirán la pena de multa de una a cuatro unidades tributarias mensuales".

Teniendo en cuenta el valor de la UTM a agosto de 2023, la multa podría ir de $63.199 a $253.808

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