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Sernac oficia a empresa de quesos La Rotunda tras alerta alimentaria por listeria

¿Qué pasó? 

El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) ofició a la empresa productora de quesos "La Rotunda" tras la alerta alimentaria que anunció el Ministerio de Salud (Minsal) la jornada del jueves, a raíz de la detección de algunos productos contaminados con la bacteria Listeria Monocytogenes.

¿Qué dijo el Sernac? 

A través del oficio presentado, el Sernac le solicitó información a la empresa sobre "sus protocolos de control y almacenamiento, la comercialización del producto, los reclamos presentados por los consumidores, y las medidas correctivas que aplicarán para resolver el caso". 

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El director nacional de la entidad, Andrés Herrera, señaló que es relevante seguir las indicaciones realizadas por el Minsal, como evitar consumir el producto y guardarlo en un lugar seguro e, idealmente, conservar la boleta para solicitar posteriormente la devolución del dinero.

Asimismo, se aclaró que, en caso de tener algún síntoma, junto con concurrir al servicio de salud, es recomendable informar al Sernac a través de la casilla de correo electrónico seguridaddeproducto@sernac.cl. 

Desde el organismo recordaron que la Ley del Consumidor establece que las empresas "tienen la obligación de tomar todas las medidas para que sus productos no pongan en riesgo la seguridad de los consumidores".

Además, si una empresa detecta algún problema o eventuales peligros después de haber puesto sus productos en el mercado, tiene la obligación de informar inmediatamente a las autoridades competentes, en este caso, al Sernac. 

¿Qué medida adoptó el Minsal? 

De acuerdo al Minsal, se encontró la bacteria Listeria Monocytogenes en un producto de queso mantecoso que "responde a un envase de 300 gramos con fecha de elaboración 20/04/23 y fecha de vencimiento 20/08/23, cuyo número de lote corresponde a T43000323", señaló la cartera. 

Tras el hallazgo, la Seremi de Salud de Valparaíso prohibió el funcionamiento de la planta y ordenó el retiro de todos los productos del mercado.

El Minsal precisó que se instruyó "lo dispuesto en el artículo 178 del Código Sanitario, que establece que la autoridad podrá también, como medida sanitaria, ordenar en casos justificados la clausura, prohibición de funcionamiento de casas, locales o establecimientos, paralización de faenas, decomiso, destrucción y desnaturalización de productos".