Caso Tomás Bravo: Suprema revoca reformalización del tío abuelo del menor
¿Qué pasó?
Este viernes, la Corte Suprema acogió el recurso de amparo del tío abuelo de Tomás Bravo y dejó sin efecto la reformalización por el delito de abandono del menor de edad con resultado de muerte.
"Se decide que se acoge la acción constitucional de amparo deducida en favor de Jorge Eduardo Escobar Escobar, dejándose sin efecto la totalidad de lo obrado en la audiencia realizada con fecha 10 de marzo", dice el escrito de la Suprema.
De la misma manera, insta al Tribunal de Garantía de Arauco a "fijar, a la brevedad posible, una audiencia para discutir únicamente el apercibimiento de cierre de la investigación".
Argumentos de la Corte Suprema
Entre los argumentos que el máximo tribunal presentó, está que, "el retardo injustificado en la tramitación de un proceso implica una afectación sustancial a la garantía constitucional del debido proceso, en su manifestación relativa al derecho ser juzgado en un plazo razonable".
La noticia surge luego de que, hace algunos días, la defensa había presentado un recurso de amparo.
Siendo así, y a pesar de que el tío abuelo del menor, seguirá en la condición de imputado por el delito de homicidio calificado, es probable que se decrete el sobreseimiento de la causa. Esto, debido a que la Fiscalía reconoció que no tiene pruebas suficientes para sostener la acusación.
Cabe señalar que la preparación del juicio oral está fijada para el próximo lunes 24 de abril, donde a Escobar se le imputa el delito de abandono de menor con resultado de muerte.
Este artículo informa de un proceso judicial en curso, por lo que los involucrados no deben ser considerados culpables hasta que los organismos pertinentes lo determinen.
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