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Corte de Apelaciones resuelve que Municipalidad de Santiago deberá trabajar para erradicar comercio ambulante

¿Qué pasó?

La Corte de Apelaciones de Santiago resolvió que la Municipalidad de Santiago deberá trabajar por erradicar el comercio ambulante que se instala en el Paseo Ahumada y sus cercanías.

Asimismo, el municipio tendrá que formar una mesa de trabajo para ello e informar al tribunal en 45 días sobre los avances y medidas tomadas para llevar a cabo el mandato, luego de acoger el recurso de protección presentado por Librería Antártica Plaza Limitada, ubicada en Ahumada N°252.

El recurso de la librería

En detalle, según el relato de la Librería "comenzó (a mediados de 2021) a intensificarse la presencia del comercio ambulante, instalándose verdaderas carpas frente a la librería y ello obstaculiza completamente la vista de los transeúntes al local comercial, además de impedir el fácil acceso a ella, toda vez que las carpas han convertido el paseo peatonal en varios pasillos, siendo el más angosto el que da a la librería. A lo dicho, detalla que se acumula gran cantidad de basura y, en definitiva, han disminuido sus ventas al público".

Al respecto, los magistrados plantearon "la creación de una mesa de coordinación con los distintos estamentos que deban participar en la prevención y en el ataque de esta clase de comercio ilegal en la zona, la que tenga por objetivo, precisamente, erradicar el mismo, permitiendo, en definitiva, la adecuada protección de aquellos comerciantes como el recurrente".

En esa línea, el fallo consigna que "se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido por el apoderado de la Librería Antártica Plaza Limitada, contra la llustre Municipalidad de Santiago, solo en cuanto se decide que esta deberá crear una mesa de trabajo con las autoridades y organismos correspondiente, la cual tendrá como misión precisamente lo dicho la supresión de las actividades comerciales informales que se encuentran asentadas en dicha zona".

Así las cosas, la administración liderada por Irací Hassler "deberá informar pormenorizadamente a esta
Corte el resultado de los acuerdos adoptados en dicha materia y las medidas concretas adoptadas para garantizar y amparar los derechos constitucionales de la recurrente", acota el texto.