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Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos: Hay 411 inscripciones solicitadas por tribunales

¿Qué pasó?

A semanas de que comenzara a funcionar el Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos, el Ministerio de la Mujer informó que ya se han ejecutado 411 inscripciones solicitadas por tribunales.

El pasado lunes 21 de noviembre comenzó a regir la norma, que busca mejorar el régimen de cumplimiento de pago de las pensiones de alimentos que están judicialmente decretadas. Después de tres semanas, ya se han enrolado 1.600 instituciones y se han realizado 650 mil consultas al sistema.

¿Qué dijo el Gobierno?

"Estamos satisfechas con la reacción de la ciudadanía. Se han realizado más de 650 mil consultas respecto al registro y han ingresado 411 deudores", señaló la ministra de la Mujer, Antonia Orellana.

"Sabemos que faltan muchos más por ingresar, porque el mecanismo de ingreso tiene que ver con solicitarle al tribunal de familia, una vez de haber cumplido los tres meses continuos o cinco discontinuos (de deuda), que lo ingresen y por lo tanto estamos a la espera permanentemente de que nos lleguen la solicitudes del Poder Judicial para poder ingresarlo al registro", agregó.

¿Cómo se ingresa al Registro?

Para ingresar al Registro debe existir una causa por pensión de alimentos en los Tribunales de Justicia, los cuales deben evaluar los antecedentes.

Los alimentarios deben solicitar al tribunal correspondiente, la liquidación de la deuda, que será puesta en conocimiento del alimentante. Si éste tiene una deuda de tres meses continuos o cinco discontinuos y no
hace el pago una vez realizada la liquidación; el Tribunal envía los antecedentes al Servicio del Registro Civil, para que éste inscriba al deudor.

¿Qué pasa con quienes estén en el Registro?

Dentro de las consecuencias de ingresar a este registro se encuentran las siguientes:

  • La retención del dinero de operaciones de crédito que realice la persona deudora. Desde 50 UF o más se retendrá el 50% del crédito.
  • En caso de venta de inmuebles o vehículos motorizados, el Conservador de Bienes Raíces o el Registro Civil podrán inscribir la transferencia solo si se acredita que con las ganancias de la venta se pagarán las mensualidades debidas.
  • La retención de las devoluciones de impuestos hasta que se salde la deuda.
  • La no renovación de las licencias de conducir ni pasaportes.
  • La retención de un porcentaje del sueldo de las personas que se desempeñen en alguno de los tres poderes del Estado, u otro organismo público, sea por contratación o ascenso (aplica también a cargos de elección popular y de alta dirección pública); entre otras sanciones.

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