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Presentan proyecto que permite giros de fondos de las AFP: ¿Cuál sería la condición para hacerlo?

¿Qué pasó?

Antes del inicio de las presiones a la comisión de Constitución para comenzar una eventual tramitación de un sexto retiro de fondos de AFP, un grupo de diputados, liderado por Pamela Jiles, presentó un proyecto de reforma constitucional que busca autorizar giros condicionales de fondos previsionales desde las cuentas de capitalización individual de las y los cotizantes.

En estricto rigor, la idea que se propone no funciona como los retiros de ahorro que se conocieron en 2020 y 2021, los que fueron aprobados en medio de los meses más duros de la pandemia y la crisis socioeconómica.

Aunque tiene un propósito similar, la iniciativa contiene una serie de condiciones a las que tendrían que ajustarse los afiliados y afiliadas a las AFP, si es que el proyecto fuera aprobado bajo las actuales estipulaciones que plantea.

¿En qué consiste el proyecto?

Además de Jiles, la medida pertenece a otros cinco diputados, entre los que se encuentran Félix González y María Luisa Cordero. Tras mencionar el panorama socioeconómico mundial que está complicando a las familias de nuestro país, el grupo de parlamentarios acusa que "el Gobierno no ha sido capaz de dar las respuestas necesarias para enfrentar la crisis, las urgentes necesidades de cientos de miles de personas producto de los efectos económicos de la pandemia y la guerra (conflicto Rusia-Ucrania), (lo que) nos obliga a adoptar medidas excepcionales".

"Las familias no están siendo capaces de enfrentar estos momentos sin ver deteriorada la calidad de vida de sus miembros. Son muchísimas personas que no califican para las ayudas focalizadas por parte del Estado y que tampoco califican para contratar financiamiento en el sistema privado", agregan.

Por todas estas razones, proponen "autorizar a los afiliados al sistema privado de pensiones a realizar giros desde sus cuentas de capitalización individual bajo la condición de ser reintegrados".

¿Cómo funcionaría la reintegración de los giros de fondos de AFP?

Según señala el proyecto, las y los afiliados de AFP podrán girar desde sus cuentas individuales hasta el 100% de sus fondos, de forma voluntaria y excepcional. Sin embargo, la condición es que sean reintegrados en cuotas prorrateadas que deberán comenzar a ser pagadas en un plazo máximo de 5 años, contabilizando desde la fecha del giro.

"Estas cuotas de reintegro podrán siempre ser pagadas de forma anticipada y voluntaria por el afiliado, y no serán exigibles si el afiliado no se encuentra bajo un contrato de trabajo que contemple cotización previsional", indica el documento ingresado al Congreso Nacional.

Por último, la iniciativa concluye que los afiliados podrán solicitar giros de fondos sin limitaciones, "siempre que no tengan un giro pendiente de reintegro". 

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