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Caso Harex: Anulan procesamiento de dos carabineros en retiro inculpados como encubridores

¿Qué pasó?

La Corte de Apelaciones de Punta Arenas revocó la resolución que sometió a proceso a dos efectivos de Carabineros en retiro, en calidad de encubridores del delito de sustracción de menores, en el caso de la desaparición de Ricardo Harex, en el año 2001.

En un fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada acogió la apelación de la defensa de los exuniformados y estableció que, por ahora, no se encuentra justificado el delito base, por lo que no resulta posible atribuir responsabilidad a los expolicías en calidad de encubridores.

¿Qué dijo la Corte de Apelaciones?

"Es necesario para procesar en calidad de encubridor de un ilícito que, efectivamente, esté justificada la existencia de un delito determinado y no que podamos estar ante diversas hipótesis de delitos, todos plausibles, uno de los cuales puede ser el que se describe en la resolución en alzada", señala el fallo.

Sin embargo, agrega que no se puede descartar que "nos encontremos ante un injusto diverso al que se tuvo por justificado, tales como a vía de ejemplo, un homicidio, un homicidio calificado, u otro cúmulo de hipótesis, como aquella a la que adscribió la juez del grado, pero que no encuentra sustento suficiente en la prueba rendida para sostenerse". 

La resolución complementa que "en ningún caso se encuentra suficientemente justificada la existencia del delito base (...) considerando además que los procesados nunca fueron interrogados como inculpados, esto es, exhortados a decir verdad, motivos bastantes para que necesariamente, en aras del respeto a las normas procesales que nos gobiernan deba revocarse la resolución impugnada".

Libertad condicional

Los exoficiales fueron procesados junto a otros dos carabineros y tres sacerdotes salesianos –incluyendo el exobispo Bernardo Bastres– el pasado 15 de octubre.

La exministra en visita Marta Jimena Pinto les impuso a todos la prisión preventiva, pero posteriormente la Corte de Apelaciones ordenó su libertad previo pago de una fianza de 200 mil pesos.

Un nuevo revés ocurrió el 26 de octubre, cuando el máximo tribunal magallánico acogió dos recursos de amparo y anuló el procesamiento en contra de Bastres y el sacerdote Leonardo Santibáñez.

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