Suprema deja sin efecto multa contra AFP Hábitat por enviar mail a afiliados sobre efectos del retiro de fondos
- Por Claudia Garrido
¿Qué pasó?
La Corte Suprema falló a favor de AFP Hábitat y dejó sin efecto una multa de 2 mil UF aplicada por la Superintendencia de Pensiones, luego que la administradora enviara a sus afiliados un correo electrónico con los impactos que tendría un retiro del 10%.
¿Qué dice el fallo?
Según información del Diario Financiero, los jueces estimaron que “la emisión de opiniones políticas, económicas y de cualquiera otra índole, son expresión de una libertad fundamental y de un valor democrático constitucional básico”.
Asimismo, se lee en el documento que “el ejercicio de su libertad de expresión no puede ser considerado ilícito, pues, con independencia del acierto o desacierto, o gusto o disgusto que la autoridad le atribuya a sus opiniones, estas aparecen como correctamente enmarcadas en el ámbito de la discusión general; habida cuenta de que –como es público y notorio-, en el debate se ha hecho notar por los especialistas que el retiro anticipado de ahorros previsionales ha tenido efectos económicos adversos para el funcionamiento del sistema de previsión social, en el exacto sentido anunciado por la carta enviado a los afiliados”.
Por otro lado, la Superintendencia de Pensiones comunicó que “ayer la Corte Suprema resolvió dejar sin efecto la sanción que la Superintendencia de Pensiones aplicó, el 7 de octubre de 2020, en contra de su fiscalizado AFP Habitat, por diversas infracciones cometidas al Decreto Ley N° 3.500 con motivo del tenor y contenido de las cartas que la administradora envió a sus afiliados el 8 de julio de 2020, mediante la cual manifestó su rechazo al entonces proyecto de reforma constitucional que se discutía en el Congreso para autorizar el primer retiro de fondos”.
Asimismo, se indicó que el organismo “efectuará un exhaustivo análisis de las implicancias de la resolución de la Corte Suprema respecto de los criterios de fiscalización con que este servicio público busca garantizar el correcto funcionamiento del sistema de pensiones y especialmente proteger los intereses y derechos de las y los afiliados de las administradoras de fondos de pensiones”.
Además, indicaron que mantienen “su convencimiento en relación a su correcto actuar en este proceso, estimando que la administradora sancionada infringió los artículos 23 y 26 del Decreto Ley N° 3.500 referidos a giro exclusivo y comunicaciones a las y los afiliados, al enviarles una carta que contenía opiniones improcedentes respecto del entonces proyecto de ley de reforma constitucional que se discutía en el Congreso”.
¿Qué infracciones se habían detectado?
Las infracciones detectadas por la Superintendencia de Pensiones fueron:
- Infracción al inciso primero del artículo 23 del D.L. N° 3.500, de 1980, en relación al artículo 26, “excediendo el objeto único y exclusivo de una administradora y las reglas sobre publicidad”.
- Infracción por uso de datos personales para fines no autorizados, “incumpliendo la Ley N° 19.628 de Protección de Datos Personales. La Superintendencia sostiene que Habitat, en las cartas enviadas a 1.293.718 afiliados, utilizó los datos que posee de esas personas para fines distintos para los cuales los mantiene, incurriendo en un tratamiento indebido de datos personales, pues no demostró que contaba con autorización expresa de los titulares de los mismos”.
- Incumplimiento “reiterado de instrucciones impartidas por esta Superintendencia en materia de publicidad a sus afiliados”.
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