CDE recurre contra fallo por caso de libreta de ahorro millonaria: "No existen los antecedentes técnicos y tácticos"
¿Qué pasó?
El Consejo de Defensa del Estado (CDE) presentó un recurso de reposición frente al fallo de la Corte de Apelaciones respecto al caso de Exequiel Hinojosa, vecino de La Florida que encontró en su domicilio una antigua libreta de ahorro que su padre mantenía en la desaparecida Asociación de Ahorro y Préstamo Libertad.
¿Qué dice el recurso?
¿Qué elementos incluye la libreta de ahorro?
El ministro de Hacienda, Mario Marcel, envío un documento recomendando rechazar el pago tras advertir que el Fisco estaba imposibilitado de entregar el abultado monto.
Sin embargo, no cumplió con la resolución en cuanto a detallar el dinero que se debería otorgar, por lo que la Corte de Apelaciones de Santiago informó que el secretario de Estado podría ser multado o hasta ser suspendido de su cargo por cuatro meses con medio goce de sueldo en caso de persistir con el incumplimiento.
Consultado sobre el tema, Marcel respondió que "hay un procedimiento judicial, hay un recurso que fue presentado. Yo prefiero no pronunciarme sobre temas que están en proceso judicial".
Dicho recurso fue dado a conocer este miércoles por El Mercurio, donde el CDE indica que que "no existe en la actualidad forma alguna de establecer una individualización de personas a quienes habría que pagar ni detalles de montos de las acreencias, con los antecedentes proporcionados por la ex Caja Central de Ahorro y Préstamo".
"Cualquier esfuerzo que se desarrolle en ese sentido concluirá en lo mismo que se ha reiterado en numerosas oportunidades, y ciertamente no puede la administración forzar o generar información que no se tiene, teóricamente cumpliendo un mandato de esta Iltma. Corte, que solo confirmará lo que ya sabemos", añade el documento firmado por Ruth Israel, Procuradora Fiscal de Santiago del CDE.
Luego consigna que "es materialmente imposible presentar una cuenta aprobatoria al Presidente de la República, porque no existen los antecedentes técnicos y tácticos que permitan conocer con exactitud el estado patrimonial quedado al término de la Caja Central de Ahorro y Préstamo, ni el detalle de sus activos y pasivos, información imprescindible para efectuar la cuenta que indica el artículo 3" de la Ley 18.900, de 16 de enero de 1990, que puso término a la existencia de la Caja Central de Ahorros y Préstamos, y a la autorización de existencia de la Asociación Nacional de Ahorro y Préstamo".
Finalmente, el Consejo señala que Contraloría ha enteniddo que la obligación de Marcel "en esta materia se encuentra cumplida, siendo el pronunciamiento más reciente su dictamen E189756/2022, de 1 de marzo de 2022".