Madre volvió a trabajar tras su postnatal y la cambiaron de cargo: Se autodespidió y deben pagarle más de $8 millones
¿Qué pasó?
El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago le ordenó a una empresa de administración de condominios pagar más de $8 millones a una trabajadora que se autodespidió luego de que le cambiaran su cargo tras volver de su postnatal.
Con esto, el tribunal acogió la demanda de despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones , presentada por la mujer contra la empresa Administración Central SpA.
El caso
La trabajadora fue contratada en el año 2019 como asistente de administración para trabajar en el condominio Edificio Imago Mundi, comuna de Las Condes. En la demanda, ella asegura que su exempleador jamás pagó las cotizaciones previsionales íntegramente, pese a que sí fueron descontadas de su salario.
La mujer trabajó ininterrumpidamente hasta la fecha de su permiso de prenatal, y con fecha del 20 de marzo de 2020, una vez terminado su postnatal, se reincorporó a su lugar de trabajo.
Sin embargo, cuando llegó para cumplir sus funciones habituales se le informó que ya no trabaja ahí y que la carta comunicando sus nuevas funciones ya había sido despachada.
Las nuevas funciones
Recibida la comunicación, tomó conocimiento del traslado y de la naturaleza de sus nuevos servicios, los cuales ya no eran administrativos sino en terreno, como supervisora de labores de aseo en un recinto médico de Integramédica.
La trabajadora concurrió a su nuevo sitio de trabajo y se percató que existían condiciones riesgosas para su salud y que le causaban menoscabo físico y psicológico, pues el recinto se encontraba en Las Condes, donde se detectaron un alto número de casos de coronavirus al inicio de la pandemia.
Además, hay que tener en cuenta que al revisar el aseo de los baños y otras dependencias estaba expuesta a un alto grado de riesgo bacteriológico y agentes patógenos.
La mujer afirmó que esta situación no sólo ponía en riesgo su vida, sino que también la de su hijo de seis meses, que se encontraba en los grupos de riesgo.
Autodespido
Fue así que decidió activar una fiscalización, pero no tuvo ningún resultado debido a la emergencia nacional, por lo que posteriormente decidió ponerle fin a su contrato de trabajo.
Para esto argumentó:
- Que no le habían pagado íntegramente sus cotizaciones.
- Que utilizaron un subterfugio para evadir la obligación de proporcionarle el trabajo convenido, enviándola a prestar servicios a un recinto falso sin un puesto real (20 de marzo de 2020 en dependencias de Imago Mundi).
- Negarle el acceso a sus funciones, mediante la nueva utilización de un subterfugio, esto es, negarle el acceso al puesto que se le asignó.
Pago de más de $8 millones
El tribunal determinó: "Respecto a la efectividad de los hechos invocados por la actora para poner término a su contrato, de acuerdo a la misiva le correspondía a la demandada aportar prueba tendiente a acreditar los hechos que son constitutivos de incumplimientos, por lo que se hará lugar al despido indirecto realizado por la actora".
De este modo, ordenó el pago de las siguientes prestaciones:
- Pago de las remuneraciones íntegras de los meses de marzo de 2020 a diciembre de 2020 por la suma total de $4.702.880.
- Pago de los bonos de colación y movilización por $651.160.
- La indemnización sustitutiva del aviso previo, ascendente a la suma de $535.404.
- Feriado desde el 10 de enero de 2019 hasta el 14 de diciembre de 2020, vale decir, 45 días hábiles, las cuales ascienden a $567.000.
- Indemnización por años de servicio, una remuneración por cada año de servicios correspondiente en su caso a 2 años, es decir, la suma de $1.070.808.
- Recargo legal del artículo 171 del Código del Trabajo, $535.404.
- Las cotizaciones previsionales, de salud, y de cesantía adeudadas desde marzo a diciembre de 2020.
- Las remuneraciones posteriores al despido indirecto en adelante, esto es, desde el 14 de diciembre de 2020 hasta el día que se convalide el despido.
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