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Madre gana demanda contra su hijo por recibir $10 millones en su nombre y nunca explicar qué hizo con el dinero

  • Por Claudia Garrido

¿Qué pasó?

La Corte Suprema le dio la razón a una mujer que demandó a su hijo luego que este recibiera en su nombre un depósito desde el extranjero y que nunca le explicó qué hizo con el dinero. 

La historia 

Debido a un asunto familiar, una mujer debía recibir desde Colombia la suma de US$12.900, equivalente a $10.758.600, dice la demanda presentada el 6 de septiembre de 2017 ante el Juzgado Civil de Santiago. 

Para este depósito, autorizó a su hijo a recibir el dinero a través de su cuenta corriente, monto que luego debía ser traspasado a ella. 

Sin embargo, su hijo no le habría dado explicaciones de qué pasó con el dinero, por lo cual la mujer decidió demandarlo, asegurando que él “se niega a dar cuenta del destino de dichos fondos”, consignó LUN

Además, en el documento afirma que debido a que su hijo aceptó enviarle los datos de su cuenta bancaria, se produjo entre ambos un “mandato”, que según el Código Civil, consiste en un “contrato en que una persona confía la gestión de uno o más negocios a otra, que se haga cargo de ellos por cuenta y riesgo de la primera” y que además está obligado a responder por el trámite realizado. 

Rechazada la demanda 

El primer revés para la mujer se produjo el 20 de marzo de 2019, cuando el mismo Juzgado Civil de Santiago rechazó la demanda argumentando que ella no le otorgó un “mandato especial” a su hijo para recibir el dinero. 

Posteriormente, el abogado de la mujer recurrió a la Corte de Apelaciones de Santiago, sin embargo, el 12 de noviembre de 2012, el tribunal de alzada confirmó el fallo del Juzgado Civil. 

Corte Suprema le dio la razón 

Posteriormente el abogado fue a la Corte Suprema, la que sí le dio la razón a la mujer, señalando que “el demandado proporcionó su cuenta corriente para el depósito de dineros provenientes del extranjero que eran de su madre, lo que configura a juicio de esta Corte la existencia efectiva de un contrato de mandato”. 

Asimismo, el fallo indica que “entre las partes se celebró un contrato de mandato por el cual la demandante confió en su hijo para tal gestión y por ende pesa sobre este último la obligación legal de rendirle cuenta de los dineros recibidos en su cuenta corriente”. 

Defensa del hijo 

Samuel Buzeta, abogado del hijo, manifestó que “lo que le dice la Corte Suprema es que rinda cuentas. Nada más que eso. No le dice ‘pague’, no le dice ‘debe’. Él va a rendir cuentas, tal cual, porque tiene todos los documentos”. 

A lo anterior precisó que su defendido ya rindió cuentas, pero que la madre quedó disconforme. 

Por otro lado, Alejandro Usen, abogado de la mujer, indicó que ella no lo autorizó a hablar.

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