Estudiante sufrió grave accidente en el colegio y ahora su familia será indemnizada con $16 millones
¿Qué pasó?
La Corte Suprema condenó a la Municipalidad de Vicuña a pagar una indemnización de $16 millones a los padres y a su hijo, que sufrió la amputación de unos de sus dedos, tras un accidente ocurrido durante uno de los recreos de la escuela Dagoberto Campos Núñez.
El máximo tribunal estableció que en el hecho existió una falta de servicio del municipio, al no brindar condiciones seguras a los estudiantes del establecimiento.
Corte Suprema condena a municipalidad de Vicuña indemnizar a padres y alumno por accidente en colegio https://t.co/hv1CQ1zLlw pic.twitter.com/uAulRpUih2
— Poder Judicial Chile (@PJudicialChile) April 19, 2022
El caso
El accidente ocurrió el 8 de noviembre de 2017, cuando el escolar tenía siete años, día en que el menor se encontraba jugando fútbol en la multicancha de la escuela.
Fue en ese contexto, que el balón cayó a una de las estructuras que sostienen el techo de dicho lugar. Para recuperar la pelota, el niño usó su mano derecha y su dedo meñique quedó atrapado.
Durante el proceso, la mano del estudiante se encontraba tiritando, lo que provocó que se resbalara y se produjera la amputación de la primera y segunda falange del dedo meñique.
La demanda
Los padres del menor afirmaron que, durante todo el tiempo en que estuvo atrapado, el menor pidió auxilio, pero que en el patio no había ningún adulto supervisando y que pudiera prestar ayuda inmediata.
Debido a esto, debió correr a la oficina de su profesora, situada a más de 40 metros, quien lo condujo hasta el director del establecimiento, el que dispuso el traslado hasta un centro asistencial.
A raíz de la situación, los apoderados acusaron que las circunstancias en que ocurrió el accidente corresponden a las deficientes condiciones estructurales y de seguridad del recinto, y a la falta de supervisión.
¿Qué determinó la sentencia?
La Corte Suprema sostuvo en el fallo que "la circunstancia de que el menor haya sido matriculado por sus padres en la Escuela Dagoberto Campos Núñez para cursar el primer año básico demuestra debidamente la existencia del vínculo contractual que une a las partes".
"La anotada inscripción genera derechos y obligaciones tanto para los apoderados del niño como para el establecimiento educacional, entre las que se incluye respecto de este último, y sin duda alguna, la de cuidar y proteger al educando en tanto se encuentre en las dependencias de la citada escuela", afirma.
Es por esto que el tribunal consideró que el buen funcionamiento del servicio implicaba para la Municipalidad de Vicuña, como sostenedora, que "sus funcionarios realizaran las gestiones y actuaciones necesarias para evitar que el menor de autos sufriera la lesión".
Falta de seguridad
"La propia dinámica de los hechos demuestra que la infraestructura del establecimiento educacional no reunía las características de seguridad mínimas para evitar que un alumno se viera expuesto a un daño... debido al modo en que dichas estructuras fueron erigidas y a la falta de elementos de protección destinados a evitar que los educandos pudieran acceder a sus distintas secciones y componentes", estableció la Corte Suprema.
"En estas condiciones, salta a la vista que el personal dependiente de la Municipalidad de Vicuña no dio cabal cumplimiento a la obligación de resguardo, en tanto no adoptó las medidas necesarias para asegurar la presencia de funcionarios que vigilaran al alumnado durante el período de recreo el día de los hechos y, además, no llevó a cabo las acciones imprescindibles para asegurar que la infraestructura del establecimiento no representara un riesgo para la integridad física de los alumnos", añadió.
Teniendo en cuenta todo lo anterior, el máximo tribunal definió que el municipio deberá indemnizar a la familia con el pago de $16 millones.
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