"Con Mi plata No": presentan proyecto que busca garantizar la propiedad de los trabajadores en sus fondos de pensiones
¿Qué pasó?
El diputado Jorge Alessandri (UDI) presentó un proyecto de reforma constitucional, que busca garantizar la propiedad de los trabajadores de sus fondos de pensiones, el cual cuenta con el apoyo de legisladores del Partido Republicano, Evópoli, UDI y RN.
Cabe señalar que desde sectores de la oposición han manifestado el temor de que los ahorros previsionales sean expropiados, pese a que desde el Gobierno han precisado en reiteradas ocasiones que eso no ocurrirá.
¿Qué dijo Alessandri?
"La Convención Constitucional ha rechazado la propuesta 'Con Mi plata No', ha aceptado la propuesta de no 'No + AFP', y el Presidente de la República, estando en la República argentina, ha dicho que los chilenos tendrán un derecho a una pensión digna, cosa muy distinta a ser dueños de nuestros ahorros", señaló el parlamentario.
Señaló que a raíz de lo anterior se ingresó el proyecto que "establece en nuestra Constitución que los recursos de los trabajadores serán inexpropiables, inembargables y heredables, y que el 10% que hoy día los trabajadores cotizan irán a una cuenta individual. Luego establece que sobre ese 10% será la ley la que determinará el porcentaje que irá a solidaridad, el porcentaje que irá a la cuenta individual".
"Un sistema de pensiones que respete la propiedad"
"No se merecen 17 millones de chilenos la incertidumbre que les da la entrevista del Presidente Boric en Argentina; no se merecen la incertidumbre de la ministra del Trabajo, cuando dice que solamente funciona un sistema solidario y de reparto; y no se merecen la incertidumbre de las opiniones de la ministra del Interior que han dicho que sin la plata tuya el sistema solidario que ellos proponen no funciona. Eso se llama hacer caridad con lo ajeno", sentenció Alessandri.
"El llamado acá es hacer un sistema de pensiones, donde se le respete a las personas la propiedad", sostuvo.
El proyecto
El documento detalla que "se incluirán pensiones adicionales financiadas con ahorros individuales provenientes de cotizaciones previsionales obligatorias razonables, las que permanecerán en todo momento en la propiedad de la respectiva persona cotizante, tanto en capital como en rentabilidad".
"Las cotizaciones serán acreditadas en cuentas individuales de capitalización, y sus fondos y saldos tendrán el carácter de heredables, inalienables, imprescriptibles, inembargables, inexpropiables, y no podrán ser objeto de nacionalización o estatización bajo ninguna circunstancia. Sobre la cotización del 10% la ley podrá determinar qué parte se destina a solidaridad", agrega.
Finalmente, precisa que "las personas tendrán siempre el derecho a elegir libremente la entidad administradora o gestora de sus fondos previsionales acumulados, sea ella privada, estatal o mixta. En ningún caso la ley podrá establecer el monopolio estatal de la administración o gestión de las cotizaciones previsionales ni de dichos fondos".
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