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Tribunal Constitucional deroga normas que beneficiaban a condenados por delitos sexuales en Isla de Pascua

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

El Tribunal Consticional (TC) informó el día jueves que declaró inconstitucionales dos artículos de la "Ley Pascua" que otorgaba beneficios a los isleños condenados por delitos sexuales.

¿Qué dijo el TC?

El TC derogó parcialmente el artículo 13 y la totalidad del artículo 14 de la ley que en 1966 creó el Departamento de Isla de Pascua, la cual ofrece una serie de excepciones en materias tributarias, posesión de tierras y aplicación de justicia para los nacidos en la isla.

Las disposiciones legales derogadas "establecían, respectivamente, que para los delitos contra la integridad sexual y el orden de las familias cometidos por naturales de la isla y en su territorio, el juez debía imponer una pena más baja, pudiendo, además, favorecer su cumplimiento fuera del recinto penitenciario".

Derogación de normas

En un principio estos artículos de la "Ley Pascua" se justificaban por las particularidades de la cultura polinesia de los nativos de la isla, pero pasados casi 60 años de su promulgación, estas son consideradas un atentado contra los derechos humanos de las mujeres víctimas de violencia sexual en ese territorio insular del país.

"La declaración de inconstitucionalidad de las normas aludidas significa que estás se entenderán derogadas desde la publicación en el Diario Oficial de la sentencia del Tribunal", señala la resolución del TC.

La resolución se tomó luego de que el TC escuchara en audiencia pública los argumentos del Ministerio Público, el Ministerio de la Mujer y Equidad de Género, el Consejo de Ancianos Mau Hatu, la Comisión de Desarrollo de Isla de Pascua, la Organización Comunitario Funcional Rapa Nui Maroa, la Corporación Colectiva Justicia en Derechos Humanos, y la Asociación de Abogadas Feministas de Chile (Abofem).