Convención Costitucional aprueba realización de plebiscitos dirimentes
¿Qué pasó?
Este miércoles, el Pleno de la Convención Constitucional aprobó la propuesta que contempla la existencia de plebiscitos dirimentes, esto en el marco del establecimiento del reglamento de Participación Popular, cuarto y último reglamento faltante para dar inicio al proceso de la redacción de la nueva Carta Magna.
La propuesta fue aprobada tras recibir 107 votos a favor, 42 en contra y 4 abstenciones.
Plebiscito dirimente
Esta indicación permitirá convocar a la ciudadanía a un plebiscito, la que deberá "dirimir" sobre normas constitucionales que no alcancen los 2/3 de aprobación.
Los requisitos para el plebiscito dirimente consisten en que se someterán a este, las propuestas que en segunda votación no logren el quórum de 2/3 a favor, pero sí el voto de los 3/5 de convencionales en ejercicio.
Por tanto, el texto quedará establecido de la siguiente forma:
"Artículo 47.- Definición. La Convención Constitucional podrá resolver la realización de un plebiscito dirimente respecto de determinadas normas constitucionales, convocando a la ciudadanía a decidir mediante el sufragio universal popular la inclusión o exclusión en el nuevo texto constitucional de las normas constitucionales objeto de la convocatoria, de acuerdo a las reglas establecidas en el presente reglamento".
✅ Aprueba realización de plebiscito dirimente para que ciudadanía decida inclusión de determinadas normas en texto constitucional de acuerdo a las normas que se establezcan.
— Chile Convención (@convencioncl) October 6, 2021
107 votos a favor
42 en contra
4 abstenciones pic.twitter.com/idjUJrvFWa
✅ Art.48 Requisitos plebiscito dirimente
— Chile Convención (@convencioncl) October 6, 2021
🔹 Se someterán las propuestas que en 2ª votación no logren quórum de 2/3 a favor, pero sí el voto de los 3/5 de convencionales en ejercicio
🔹Consolidado de propuestas se someterá al Pleno, que deberá aprobar por mayoría absoluta
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