Logo Mega

Este aviso se cerrará en segundos

Este lunes desde las 15:00: así serán las primeras sesiones de la Convención Constitucional

  • Por Meganoticias

Tras la agitada y por momentos tensa instalación, la Convención Constitucional, comienza este lunes 5 de julio formalmente el proceso de trabajo con el fin de redactar una propuesta de Nueva Constitución para Chile. 

El trabajo comenzará a las 10:00 horas de este lunes para Loncon y Bassa con una reunión con la mesa técnica, en la que plantearán la posibilidad de ampliar la mesa directiva, pasando de dos a cinco o siete integrantes.

En tanto, el órgano sesionará a las 15:00 horas en el mismo lugar de la jornada inaugural, mientras que los días martes, miércoles y jueves lo hará a las 10:00, extendiéndose hasta las 17:00.

"Mañana nos reunimos cómo mesa directiva con la secretaría técnica para todos los traspasos institucionales, y lo que sea necesario para que esto empiece a funcionar desde una perspectiva jurídica, para que esta corporación tenga existencia", afirmó Bassa.

Entre los aspectos que se abordarían está la conformación de comisiones, especialmente aquella encargada del reglamento de la convención.

"Dejamos convocados inmediatamente para este lunes a sesionar a las 15:00 horas. Primero, para que discutamos la declaración en torno a los presos de la revuelta; y en segundo lugar para que discutamos la posible ampliación de la mesa directiva de dos integrantes eventualmente a cinco o a siete", indicó.

Las reglas que ya se saben

Pese a esto, en la reforma constitucional que dio paso al proceso constituyente, se establecen ciertas reglas que la Convención no puede alterar.

Quórum de dos tercios

Por ejemplo, el artículo 133 de la Carta Fundamental, señala entre otras cosas que "la Convención deberá aprobar las normas y el reglamento de votación de las mismas por un quórum de dos tercios de sus miembros en ejercicio (103 votos)".

En paralelo, se establece que la instancia no podrá alterar los quórum de aprobación ni los procedimientos para su funcionamiento o adopción de acuerdos. 

Secretaría técnica

También se especifica la obligación de que se constituya una secretaría técnica del organismo. Esta, se lee en la actual Constitución, "será conformada por personas de comprobada idoneidad académica o profesional".

Limitaciones y vigencia de la actual Constitución

El artículo 135, en tanto, dispone que la Convención no podrá intervenir ni ejercer ninguna otra función o atribución de otros órganos o autoridades establecidas en esta Constitución o en las leyes.

Asimismo, puntualiza que la presente Constitución seguirá vigente mientras no se apruebe y entre en vigencia una nueva, por lo que la Convención no puede negarle autoridad o modificarla. 

Soberanía

Se especifica también que "le quedará prohibido a la Convención, a cualquiera de sus integrantes o a una fracción de ellos, atribuirse el ejercicio de la soberanía, asumiendo otras atribuciones que las que expresamente le reconoce esta Constitución".

"El texto de Nueva Constitución que se someta a plebiscito deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes", señala la actual Carta Fundamental.

Normas transitorias y períodos de autoridades

En paralelo, el artículo 138 menciona que "la Convención podrá establecer disposiciones especiales de entrada en vigencia de alguna de las normas o capítulos de la Nueva Constitución".

Tras esto, establece que "la nueva Constitución no podrá poner término anticipado al período de las autoridades electas en votación popular, salvo que aquellas instituciones que integran sean suprimidas u objeto de una modificación sustancial".

Finalmente, el mismo pasaje puntualiza que el nuevo texto deberá establecer el modo en que las otras autoridades que esta Constitución establece cesarán o continuarán en sus funciones.

Ver cobertura completa