¿Aceptación, promesa o juramento?: Cómo asumirán su cargo los convencionales constituyentes
Este domingo 4 de julio se desarrollará la primera sesión de la Convención Constitucional, marcando el inicio del proceso de diseño de la propuesta para una nueva Constitución para el país.
La ceremonia fue convocada por el Presidente Sebastián Piñera y se realizará a partir de las 10:00 horas en el edificio del ex Congreso Nacional, ubicado en la comuna de Santiago.
Debido a las condiciones especiales que implica la pandemia del coronavirus en el país, la instancia será realizada en los jardines del inmueble, lugar que será especialmente acondicionado para la recepción de los asistentes, considerando, además de las medidas sanitarias respectivas, también las bajas temperaturas que se registran.
Relatora del Tricel
Según señala el decreto de Piñera, publicado el pasado martes 22 de junio en el Diario Oficial, será la secretaria relatora del Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel), Carmen Gloria Valladares, quien dirija provisoriamente la primera sesión de la Convención Constitucional.
También tendrá como función tomar la primera votación de la Convención, a través de la cual se elegirá a quien presidirá la instancia, quien posteriormente hará lo propio en la elección de quien ejerza la vicepresidencia.
En paralelo, Valladares será la encargada de leer el Acta de Proclamación de la Elección de Convencionales Constituyentes, nombrando a los 155 miembros que resultaron elegidos.
¿Cómo serán investidos los convencionales?
Tras esto, la relatora del Tricel le preguntará a cada uno de ellos si aceptan asumir y ejercer el cargo, en virtud de lo contenido en el Capítulo XV de la Constitución, en donde se encuentran las regulaciones del proceso constituyente.
"Con esta aceptación los Convencionales Constituyentes se entenderán debidamente investidos para cumplir el mandato de redactar y aprobar una Nueva Constitución", se lee en el decreto de Piñera.
Este punto había generado polémica en un comienzo, debido a que desde La Moneda se exploró la opción de incluir la expresión "jurar o prometer" para asumir el cargo, lo que no generó consenso entre los convencionales electos, incluso desde algunos sectores se habló de un intento de "pauteo" a la Convención por parte de Piñera y recalcaron el carácter de autonomía del ente.
¿Cuándo se jura o promete y cuáles son sus diferencias?
Actualmente, para la asunción de altos cargos como ministros de Estado, Jueces e incluso el de Presidente de la República, se hace una pregunta con referencia a un juramento o promesa.
Por ejemplo, en el caso de los secretarios de Estado, la pregunta es la siguiente: "¿Jurais o prometeis cumplir fielmente el cargo de ministro de Estado que se os ha conferido, conforme a la Constitución y las leyes?".
Debido a que jurar, según la Real Academia Española, tiene una connotación religiosa en la aceptación de un compromiso, se agregó la opción de prometer que, para efectos de la asunción de un cargo, tendrán la misma validez.