Postnatal de emergencia: Gobierno explica margen para que beneficiarios reciban $1 millón
El ministro del Trabajo, Patricio Melero, explicó los alcances de la ley de postnatal de emergencia que fue despachado a ley este jueves en la Cámara de Diputadas y Diputados, por unanimidad.
En ese sentido, explicó que existe un margen para que los beneficiarios que superen el millón de pesos reciban el 100% de la prestación.
Margen para recibir $1 millón
"Lo que hemos hecho es básicamente garantizarle a todas las mujeres que han tenido licencia preventiva o de postnatal hasta ahora, una prolongación por tres meses más", indicó Melero en Meganoticias Conecta.
Asimismo, dijo que "en el caso de que su licencia haya sido igual o inferior a $1 millón va a recibir la totalidad de esa licencia y, si es superior a esa cifra, va a recibir el 70%".
Sin embargo, aclaró que “si es una fracción levemente superior, hasta el 70% más o menos del límite del tope imponible, también va a recibir $1 millón”.
Es decir, “una persona que tenga, por ejemplo, una licencia de $1.100.000 o $1.200.000, no va a recibir el 70%, sino $1 millón”.
¿En qué consiste la ley?
Este jueves la Cámara de Diputadas y Diputados despachó a ley el proyecto que otorga prestaciones excepcionales a los trabajadores dependientes, independientes y del sector público que han hecho uso de una o más licencias médicas preventivas parentales.
Esta iniciativa establece que durante el estado de excepción constitucional de catástrofe, las y los trabajadores que sean padres, madres y cuidadores de niños o niñas menores de 2 años, que hayan hecho uso de una o más Licencia Médica Preventiva Parental (LMPP) y que no puedan volver a sus labores por motivos del cuidado, podrán acogerse a la suspensión del contrato de trabajo.
Los beneficiarios podrán percibir, hasta por los primeros tres meses, una prestación mensual por el 100% del subsidio por incapacidad laboral cuando hayan percibido una suma líquida mensual igual o inferior a $1 millón, y de un 70% o $1 millón, cuando hayan obtenido una suma superior a la cifra citada.
En caso que los recursos del Fondo de Cesantía Solidario sean insuficientes para financiar el total de la prestación, los trabajadores tendrán derecho a un complemento de cargo fiscal para completar una prestación mensual equivalente al 100% o 70% del subsidio mensual derivado de la licencia médica preventiva parental.
Además, los trabajadores independientes que se encuentren en la misma situación, tendrán derecho a percibir un bono de cargo fiscal también por hasta tres meses y en las mismas condiciones que los anteriores. Este beneficio deberá ser solicitado ante el Instituto de Previsión Social y no será imponible ni tributable.
Asimismo, los funcionarios del sector público y Fuerzas Armadas podrán acceder a un permiso sin goce de remuneración por un periodo máximo de hasta tres meses, durante el cual percibirán un bono mensual en montos y alcances similares a los dos casos anteriores.