Cuarto retiro del 10%: las diferencias de montos entre los proyectos de Jiles y Durán
Este lunes el diputado Jorge Durán (RN), ingresó al Congreso un nuevo proyecto de retiro del 10% y que se suma a la iniciativa presentada por Pamela Jiles (PH), el pasado 26 de abril.
Pese a que ambos poseen similitudes, tienen algunas diferencias, como por ejemplo, el monto a retirar.
Proyecto de Durán
La iniciativa del diputado establece que los afiliados del sistema previsional podrán retirar mensualmente desde cinco ingresos mínimos mensuales hasta un máximo de 150 UF de su cuenta de capitalización individual, cumpliéndose los siguientes requisitos:
- Que exista un estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública derivado de una pandemia, o bien, una declaración de alerta sanitaria de la autoridad respectiva.
- Que los fondos previsionales que en la actualidad registre el afiliado, proyectados a la edad de su jubilación sean insuficientes para financiar una pensión superior a las 25 unidades de fomento, en la forma que determine la ley.
Este proyecto nada establece sobre los plazos en que se deben pagar los retiros a diferencia de la iniciativa de Jiles.
Proyecto de Jiles
La iniciativa de la diputada establece, al igual que los proyectos anteriores, que “dicho retiro no podrá exceder de 150 unidades de fomento, ni ser inferior a 35 unidades de fomento, en caso de que los saldos acumulados en la cuenta así lo permitan. En el caso de que los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual sean inferiores a 35 unidades de fomento, el afiliado podrá retirar la totalidad de los fondos acumulados en dicha cuenta”.
Este proyecto, a diferencia del de Durán, no dice nada con respecto a que deba existir el estado de excepción.
Por otro lado, según el proyecto, el 50% del monto retirado se deberá pagar en un plazo máximo de diez días hábiles de presentada la solicitud ante la respectiva Administradora de Fondos de Pensiones a que pertenezca el afiliado.
Mientras que el 50% restante deberá pagarse en el plazo máximo de diez días hábiles a contar del desembolso anterior.
Además, para solicitar el retiro se establece un plazo de 365 días.
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