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SII habilita sistema de postulaciones al Préstamo Solidario de Clase Media

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

La madrugada de este sábado 8 de mayo el Servicio de Impuestos Internos (SII) habilitó el sistema de solicitud del Préstamo Solidario de Clase Media.

Préstamo Solidario de Clase Media

El beneficio permite a personas naturales o a empresarios individuales, que hayan enfrentado una disminución de al menos 10% de sus ingresos formales, producto de la crisis del coronavirus, acceder a un préstamo en Unidades de Fomento (UF) que se devolverá en cuatro cuotas anuales y sucesivas, sin multas ni intereses.

Préstamo se otorga por un monto máximo que corresponde a la diferencia entre los ingresos promedio del segundo semestre de 2019 y 2020, con un tope de $650.000 por mes.

 

Si los postulantes obtuvieron el Bono de Clase Media 2021, puedes solicitar el préstamo hasta 2 veces en meses distintos, continuos o discontinuos. Si no obtuvieron el bono, se puede solicitar el préstamo hasta en 3 oportunidades.

Si existen deudas por concepto de pensión alimenticia, se descontará hasta un 75% del monto del préstamo y se abonará al pago de la deuda.

¿Dónde postular?

Las solicitudes se pueden realizar desde este sábado 8 de mayo en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII)

Para pedirlo, no es necesario ningún documento. Sin embargo, para realizar el trámite en línea debe tener clave tributaria del SII o ClaveÚnica.

¿Quiénes pueden postular?

A este crédito pueden postular los trabajadores dependientes e independientes y empresarios individuales, que hayan experimentado una disminución de al menos un 10% en sus ingresos formales, entre el segundo semestre de 2019 y el segundo semestre de 2020.

En el caso de funcionarios públicos, se considerará su ingreso promedio anualizado para la estimación de la caída de este.

También podrán acceder pensionados de vejez e invalidez de renta vitalicia con un monto igual o inferior a $408.125.

¿Cómo se devuelve el préstamo?

Este crédito tiene un año de gracia y se pagará en cuatro cuotas anuales y sucesivas (a partir de 2023), sin multas ni intereses, que no excederán el 5% de los ingresos anuales.

En el caso de los pensionados, el préstamo deberá ser devuelto a la Tesorería General de la República en 48 cuotas mensuales, iguales y sucesivas, expresadas en UF, sin multas ni intereses, las que no podrán exceder el 5% del monto de la pensión.

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