Tercer retiro 10%: Comisión despacha proyecto a la Sala del Senado
¿Qué pasó?
Este miércoles la comisión de Constitución del Senado aprobó en particular el proyecto de tercer retiro de fondos previsionales para paliar los efectos económicos derivados de la pandemia de coronavirus.
De esta manera, el proyecto fue despachado a la Sala del Senado, donde este jueves será revisado y votado hasta total despacho, a partir de las 09:00 horas.
A la instancia fueron invitados el ministro de Hacienda, Rodrigo Cerda, el ministro Secretario General de la Presidencia, Juan José Ossa, y el ministro del Trabajo, Patricio Melero.
La sesión se llevó a cabo un día después que el Gobierno anunciara el ingreso del requerimiento al Tribunal Constitucional para frenar el avance del proyecto.
Libre de impuestos
Con cuatro votos en contra y uno a favor, la instancia rechazó dos indicaciones que pretendían establecer el cobro de impuestos al proyecto.
La propuesta planteada por los senadores Carmen Gloria Aravena (IND), Rodrigo Galilea (RN), Francisco Chahuán (RN) y Rafael Prohens (RN), establecía que: "Los fondos retirados a los cuales hace referencia la presente disposición transitoria serán pagados en forma íntegra y no estarán afectos a comisiones o descuento alguno por parte de las administradoras de fondos de pensiones".
La otra iniciativa respecto a este punto fue presentada por Chahuán y señalaba que: "lo anterior no obsta el pago del impuesto que corresponda".
Cabe destacar que el dinero extraído puede ser retenido cuando existen deudas por pensión de alimentos.
¿Cuánto dinero se podrá retirar?
El monto máximo de la extracción es de 150 UF ($4,4 millones aproximadamente) y el mínimo de 35 UF ($1 millón aproximadamente).
En el caso de que la totalidad de los ahorros sea inferior a las 35 UF, se podrá sacar todo el dinero de la cuenta.
¿Quiénes podrán realizar el retiro?
La comisión aprobó que la extracción sea de carácter universal, es decir, que toda persona que esté afiliada al sistema privado de pensiones pueda realizar el retiro. Además, se incluye a los pensionados por renta vitalicia.
De acuerdo al texto, no podrán acceder al beneficio quienes se encuentren en el artículo 38 bis de la Constitución, el cual contempla al Presidente de la República, senadores, diputados, gobernadores regionales, ministros, subsecretarios, delegados presidenciales regionales y delegados presidenciales provinciales, exceptuando a los contratados sobre la base de honorarios que asesoren directamente a las autoridades gubernativas ya indicadas.
Los plazos
Los afiliados podrán solicitar el dinero hasta 365 días después de publicada la reforma constitucional, con independencia de la vigencia del estado de excepción constitucional.
El pago de los fondos solicitados se efectuará en un plazo máximo de 30 días corridos, contados desde la recepción de la solicitud.
Aumento de cotización
El proyecto también contempla que quienes realizaron la extracción puedan aumentar un punto porcentual su cotización obligatoria, de forma voluntaria, llegando a un 11% de sus remuneraciones y rentas imponibles, por un periodo mínimo de un año.
También, establece que estas personas podrán recibir un aporte fiscal a su cuenta individual por cada año en que se postergue la pensión.
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