Presidente Piñera promulga ley que posterga las elecciones para el 15 y 16 de mayo
¿Qué pasó?
En la tarde de este martes, el Presidente Sebastián Piñera promulgó la ley que establece la postergación de las elecciones municipales, de gobernadores regionales y de convencionales, en el marco de la pandemia de coronavirus.
La iniciativa fue despachada durante la misma jornada por parte del Congreso, luego de que la Cámara de Diputados y el Senado rechazaran por falta de quórum el informe elaborado por la comisión Mixta.
¿Qué dijo Piñera?
"Las razones que tuvo nuestro Gobierno para promover esta postergación son muy sólidas y son básicamente dos. Primero, cuidar la salud de nuestro compatriotas; y segundo, cuidar la salud de nuestra democracia", afirmó el Mandatario.
"Las consideraciones anticipaban una alta abstención de la ciudadanía si las elecciones se realizaban durante el próximo fin de semana, y una alta abstención afecta sin duda la salud de nuestra democracia", agregó.
Además, indicó que: "Estamos confiados y vamos a trabajar sin descanso para que el sábado 15 y el domingo 16 de mayo las condiciones sanitarias sean más favorables y en consecuencias no se ponga en riesgo la salud de la población y se logre una alta participación de los ciudadanos".
¿Cuáles son las nuevas fechas?
Las elecciones de constituyentes, alcaldes, concejales y gobernadores regionales se postergaron cinco semanas, por lo que se desarrollarán el sábado 15 y domingo 16 de mayo.
La segunda vuelta de las elecciones de gobernadores regionales, antes fijadas para el 9 de mayo, quedaron finalmente para el domingo 4 de julio y se realizarán con las elecciones primarias presidenciales.
¿Qué elecciones no se reagendarán?
Por el contrario, el único proceso ciudadano que quedó inalterable son las elecciones de Presidente de la República, senadores, diputados y CORES, lo que debería llevarse a cabo el 21 de noviembre del presente año.
Otros aspectos de la ley
Tras rechazarse el informe de la comisión Mixta, los días 15 y 16 de mayo no será feriado irrenunciable para los trabajadores dependientes, mientras que tampoco se llegó acuerdo con la gratuidad del transporte público.
Además, no habrá franja televisiva en la segunda vuelta de gobernadores y se suspenderán las campañas desde la promulgación de la ley hasta el 28 de abril. Aún así se podrá tener publicidad gráfica en casas particulares.
No hay condonación de intereses para los candidatos por el periodo de postergación ni tampoco podrán existir aportes en las campañas, cuyas cuentas se mantendrán cerradas hasta el 29 de abril.
Los alcaldes que van a reelección podrán retomar sus funciones cuando se publique la ley desempeñándose hasta un mes antes de las elecciones, es decir, el 15 de abril, cuando deberán dejar sus cargos.