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Segundo retiro de fondos de AFP: Proyecto del Gobierno tuvo primer día de trámite en el Senado

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

Este jueves, el Congreso inició la discusión del proyecto de ley presentado por el Gobierno, referido al segundo retiro de hasta el 10% de los fondos de pensiones, el cual cuenta con discusión inmediata.

La iniciativa fue revisada de manera conjunta por las comisiones de Hacienda y Trabajo del Senado. A diferencia de la reforma constitucional impulsada por parlamentarios, la propuesta del Ejecutivo establece restricciones al momento de solicitar el dinero.

Briones y Zaldívar expusieron

Fueron los ministros de Hacienda y Trabajo, Ignacio Briones y María José Zaldívar, respectivamente, quienes expusieron ante los senadores integrantes de la instancia especial. 

Durente su exposición, el jefe de la billetera fiscal manifestó que el proyecto "no innova en materia de crear exenciones tributarias, como sí lo hace el proyecto de reforma constitucional". Además, destacó que tendría un costo fiscal menor, si se tiene en cuenta el reintegro obligatorio.

Unidad

En paralelo, Briones realizó llamados a la unidad y a trabajar en conjunto para la construcción de acuerdos. "Estoy seguro que la ciudadanía está aburrida de vernos pelear", señaló.

Tras esto, los parlamentarios de oposición criticaron las limitaciones que incluye el texto presentado por el Ejecutivo, especialmente respecto al plazo de 60 días hábiles que tendrían las AFP para pagar el dinero, además del reintegro obligatorio. 

El proyecto del Gobierno

"El proyecto establece el derecho a realizar por única vez y de forma excepcional y voluntaria un retiro para todos los afiliados activos al sistema privado de pensiones del decreto ley N° 3.500, por hasta el 10% de los fondos acumulados en la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias", señala el texto presentado por el Gobierno.

"Se fija como retiro mínimo la cantidad equivalente a 35 Unidades de Fomento (UF) y máximo a 100 UF. Si el saldo acumulado es inferior a la cifra mínima, se autoriza el retiro de la totalidad de fondos", agrega.

Cabe destacar que el texto que está siendo revisado en el Senado establece el retiro de manera universal, con un monto mínimo de 35 UF y un máximo de 150 UF.

Restricciones

A diferencia del proyecto impulsado por parlamentarios, la iniciativa del Gobierno limita el acceso al retiro de los fondos, indicando que las siguientes personas no podrán solicitarlo:

  • Personas que a la fecha de solicitar el retiro tengan cotizaciones previsionales declaradas en el mes inmediatamente anterior a la solicitud y cuyas remuneraciones sean iguales o superiores a 100 UF.
  • Las personas cuyas rentas o remuneraciones se regulen de conformidad al artículo 38 bis de la Constitución Política de la República.

"Para efectos de solicitar el retiro, el afiliado deberá presentar la solicitud ante la Administradora de Fondos de Pensiones ("AFP" o "Administradora") correspondiente, debiendo suscribir una declaración jurada respecto de no encontrarse en alguna de las situaciones antes descritas, pudiendo en todo caso la Administradora verificar su veracidad", señala el documento ingresado por el Gobierno.

Plazo para realizar el pago

"La entrega de los fondos se realizará en dos parcialidades, la primera en un plazo de 60 días hábiles desde la fecha de presentación de solicitud y, el segundo, en un plazo de 10 días hábiles desde el primer pago. Estos periodos son máximos, permitiendo proteger la estabilidad de los fondos y precaver perjuicios a los ahorros de todos los afiliados, sea que ejerzan el derecho a retiro o no", sostiene el texto.

A diferencia de aquello, la comisión de Costitución del Senado aprobó una reducción del plazo de pago del 10% por parte de las AFP desde 30 a 15 días hábiles.

Por otra parte, el documento del Ejecutivo constituye renta para todos los efectos legales, a diferencia del tramitado en el Congreso.

Reintegro de los fondos

"Se establece una regla de reintegro a través de una cotización adicional que deberá determinar la Superintendencia de Pensiones, realizando un estudio que determine la tasa de cotización adicional correspondiente considerando los parámetros de comportamiento del mercado laboral y el perfil de cada afiliado. Además, deberá determinar la temporalidad del reintegro", detalla el documento.

Por su parte, el proyecto que se encuentra en tramitación establece el reintegro mediante una cotización voluntaria adicional de 5% mensual y que el afiliado podrá suspender o discontinuar.

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