Plebiscito: Fiscal nacional dice que contagiados que vayan a votar serán perseguidos penalmente
¿Qué pasó?
El fiscal nacional, Jorge Abbott, advirtió que las personas que estando contagiadas de coronavirus concurran a votar en el Plebiscito 2020, de este domingo 25 de octubre, serán perseguidas penalmente.
A través de un correo electrónico enviado a los fiscales regionales, la máxima autoridad del Ministerio Público detalló los lineamientos que el organismo utilizará durante la votación en caso de infracciones a las normas sanitarias.
¿Qué dijo Abbott?
“A nuestro juicio, las restricciones al derecho a voto son legítimas en el contexto de una emergencia sanitaria, como la que se experimenta, y en dicha medida, un enfermo de covid no podrá esgrimir exitosamente, en su defensa, una causal de justificación en relación con su conducta infractora de una orden de aislamiento sanitario, bajo el pretexto de estar ejerciendo legítimamente un derecho”, explicó Abbott, según consigna El Mercurio.
“El derecho a sufragio de un sujeto contagiado pone en riesgo el derecho a la salud de miles de personas”, argumentó el fiscal, evaluando la contraposición que se genera entre ambos derechos.
En esa línea, añadió que “dicho de otro modo, desde una visión meramente cuantitativa, es posible constatar que la afectación del derecho de una persona a sufragar parece preferible al riesgo que implica el ejercicio de ese mismo derecho respecto de la posible afectación de los derechos a la salud y vida de un elevado número de personas”.
“Desde una perspectiva cualitativa, todo indica que el derecho a la vida y a la salud pesan mucho más que el derecho a sufragio, pues, los primeros, constituyen la base misma sobre la cual reposa el resto de los derechos, sean individuales (de primera generación) o políticos (de segunda generación)”, agregó Abbott.
"Delito de peligro concreto contra la salud"
Para concluir, el fiscal nacional indicó que los contagiados o sospechosos de tener COVID-19 “infringen lo dispuesto en el artículo 318 bis del Código Penal, norma especial y calificada que, a diferencia del artículo 318 del Código Penal (delito base), se estructura como un delito de peligro concreto contra la salud individual”.
Finalmente, el mandamás del Ministerio Público precisó que las personas que se desplacen para votar en comunas en cuarentena no serán perseguidas, pues “entendemos que no cometen el delito del artículo 318 del Código Penal” y porque “se trata de un comportamiento justificado que no demanda la iniciación de un proceso penal”.
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