Fisco deberá pagar $95 millones a trabajador que perdió visión de un ojo por balín de Carabineros
¿Qué pasó?
La Corte Suprema condenó al Fisco a pagar una indemnización a un trabajador y su familia por la pérdida de la visión en uno de sus ojos durante las manifestaciones registradas en Aysén, en marzo de 2012.
Según la entidad, el hombre recibirá $95.000.000 producto del disparo de un balín de goma efectuado por Carabineros.
¿Qué se dijo?
En la sentencia se estableció la responsabilidad del Estado por la falta de servicio con que actuó de Carabineros en el restablecimiento del orden público.
"Que, si bien en los casos justificados y que sea necesario, Carabineros de Chile está autorizado por nuestro ordenamiento jurídico para hacer uso de la fuerza, la institución resulta responsable cuando ese uso no resulta adecuado a los fines buscados -el restablecimiento del orden público- o cuando de su actuar derivan consecuencias alejadas de dicho fin, que pudieron ser evitadas por la institución", se sostiene en el fallo que publicó el Poder Judicial.
Corte Suprema acoge demanda por falta de servicio y ordena al fisco indemnizar a trabajador que perdió globo ocular por disparo de balín efectuado por Carabineros en Aysén https://t.co/3Ru5tpLE0o pic.twitter.com/bhXfpNO4r0
Se añadió que “reafirman lo anterior, según consta en los antecedentes, la declaración de los Tenientes de Carabineros Nicolás Sepúlveda González y Rodrigo Melo Peters, quienes se encontraban en funciones la jornada en cuestión, el primero de los cuales refiere expresamente que ‘se procedió a hacer uso de los cartuchos anti disturbios', circunstancia que refrenda el segundo deponente al indicar que ‘el jefe del servicio dispuso la utilización de cartuchos de goma calibre 12mm, a fin de disolver a los manifestantes y restablecer el orden público quebrantado'".
Finalmente, el máximo tribunal reporta que "en este escenario, resulta establecida la existencia de una falta de servicio por parte de la demandada, por cuanto el actor recibió en su ojo derecho un balín de goma disparado desde una escopeta antidisturbios de aquellas manejadas por sus funcionarios, en circunstancias que su uso no lo hacía necesario, siendo en tal escenario la institución responsable por las consecuencias de dicho disparo, en tanto se trata de efectos posibles y cuyo riesgo de ocurrencia es asumido por la autoridad al momento de autorizar su utilización que, en el caso de los hechos del 15 de marzo de 2012, fue de un total de 225 cartuchos, según el documento de fojas 279".
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