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Corte Suprema ordena borrar registros de deudas CAE y Fondo Solidario de dos personas declaradas en quiebra

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

La Corte Suprema falló en favor de dos mujeres para que fueran eliminados los registros que mantenían por sus respectivas deudas del CAE y Fondo Solidario, debido a que ambas habían realizado el proceso de declaración de quiebra.

Las dos afectadas presentaron un recurso de protección con la asesoría del estudio de abogados Defensa Deudores, tras lo cual el tribunal ordenó que sean borradas sus morosidades de los sistemas de Tesorería, en el comercio y la banca.

El fallo

De acuerdo con los fallos emitidos por la Corte Suprema en mayo y julio de este año, el hecho que las afectadas habían presentado el Procedimiento Concursal de Liquidación (PCL) en la Superintendencia de Insolvencia y Emprendimiento (SIE), implica que cualquier deuda, sin distinción, termina con este proceso.

Además, según la información publicada por radio Bío-Bío, en la resolución se consignó que la quiebra implica que una persona vuelva a ser “sujeto de crédito”, por lo que cualquier deuda debe quedar anulada y borrada en todo el sistema.

Los casos 

Uno de los casos es el de Javiera Mancilla de Chiloé, quien en 2016 inició su PCL en el Juzgado de Letras de Castro, el cual falló a su favor en 2017, tras lo cual, su registro de morosidad debía quedar limpio.

El problema se produjo este año, cuando solicitó un certificado en la Tesorería General de la República, momento en que se percató que aún aparecía en su historial la deuda de más de $8 millones de un crédito solicitado con Scotiabank para estudiar.

El otro hecho afectó a Carla Araya, quien también hizo su PCL que concluyó en 2018. El sujeto, tenía deudas por más de $21 millones con cuatro entidades.

Una situación similar a la de Macilla ocurrió con Araya, quien descubrió que la Universidad Austral en sus registros aún la mantenía como deudora de casi $7 millones del Fondo Solidario.

Presentación de recursos de protección

Las dos afectadas presentaron un recurso de protección, ya que sus derechos estaban siendo vulnerados según la nueva ley de insolvencia.

Mancilla presentó la querella en la Corte de Apelaciones de Puerto Montt y Araya en la Corte de Santiago. En ambos casos se rechazaron sus pretensiones argumentando que el CAE y el Crédito Solidario no podían ser incluidas en el PCL.

Tras este resultado, recurrieron a la Corte Suprema, que finalmente falló a su favor, argumentando que si una persona realiza su PCL, todas las deudas terminan con él sin distinción. 

Además, señalaron que tanto la Tesorería como el banco tenían facultades para verificar sus créditos en el procedimiento de liquidación voluntaria y que, pese a ello, no lo hicieron.

"Universitarios hoy pueden ver una luz de esperanza"

El abogado y socio fundador de Defensa Deudores, Ricardo Ibáñez, explica que en un hecho sin precedente la Corte Suprema revocó las decisiones previas de las Cortes de Apelaciones y falló a favor de los recurrentes, argumentando firmemente en la posibilidad que el deudor pueda volver a reinsertarse en el mundo económico, laboral y financiero y comenzar desde cero.

"Prácticamente a seis años de vigencia de la Ley 20.720, por fin vemos reflejado en un fallo de la Excelentísima Corte Suprema que dicha normativa es universal para cualquier tipo de deudor, sin distinguir a deudores de primera y segunda clase. Era totalmente inconcebible que empresas con deudas de miles de millones de pesos pudieran acogerse al procedimiento de liquidación voluntaria que ofrece la ley y extinguir la totalidad de sus deudas; y que estudiantes no pudieran obtener el mismo resultado respecto a las deudas universitarias, si consideramos además, que se trata de deudas muy menores frente a los grandes pasivos que dejan las empresas”, explicó el abogado del estudio que asesoró a las ex estudiantes.

Y añadió que “tras estos fallos, estudiantes universitarios hoy pueden ver una luz de esperanza frente al endeudamiento que los aqueja. A contar de esta decisión de la Corte, podríamos decir que la Ley de Insolvencia y Reemprendimiento en Chile contempla el concepto de descarga financiera, que es la razón inspiradora de la dictación de esta norma en el país”.

 

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