Retiro de fondos de AFP: ¿Cuántas personas podrían retirar todos sus ahorros previsionales?
¿Qué pasó?
Este miércoles, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de reforma constitucional que permite el retiro anticipado de fondos previsionales, con el objetivo de otorgar recursos a quienes así lo requieran, en el marco de la crisis económica y sanitaria derivada del coronavirus.
¿En qué consiste el proyecto?
En concreto, la iniciativa plantea la posibilidad de que los afiliados retiren hasta el 10% de los fondos acumulados en sus cuentas individuales, estableciendo, además, un monto máximo de retiro de 150 UF (unos $4.303.458) y un piso mínimo de 35 UF (cerca de $1.004.140).
No obstante lo anterior, el texto señala que en el caso que el 10% de los fondos acumulados sean inferiores a las 35 UF, el afiliado podrá sacar hasta dicho monto, mientras que si su ahorro no supera las 35 UF, el cotizante podrá retirar la totalidad de su saldo.
Superintendencia de Pensiones
El último punto cobra relevancia al analizar los datos expuestos por la Superintendencia de Pensiones (SP), que revela el monto existente en las cuentas de los casi 11 millones de afiliados al sistema.
En efecto, de transformarse en Ley la norma, todas aquellas personas que tengan $1 millón o menos en sus cuentas individuales podrían extraer el total de dichos fondos.
Según cifras de la Superintendencia de Pensiones, un total de 2.9 millones de personas figuran dentro de este rango y, por tanto, estarían habilitados para dejar su saldo en cero.
*Para obtener la cifra del saldo en la cuenta, se le deben agregar tres ceros:
Fondo Colectivo Solidario
En cuanto a la restitución de los fondos, el texto establece la creación de un Fondo Colectivo Solidario de Pensiones, el cual se financiará a través de aportes de empleadores y del Estado, teniendo como objetivo el financiamiento progresivo de los complementos de pensiones que se necesiten en virtud de los retiros desde las cuentas.
En este sentido, encarga al Presidente de la República, a través de un proyecto de ley, proponerle al Congreso la forma y el financiamiento de este fondo colectivo, el cual sería administrado por una entidad pública y autónoma.
¿Cómo operará?
Respecto a la función de este fondo, el proyecto señala que procederá "al momento de la jubilación del afiliado a complementar la pensión en la forma que señale la ley respectiva con el objeto de que el retiro de fondos que autoriza esta reforma consitucional no afecte el derecho a la seguridad social establecido por esta Constitución".
En paralelo, el texto señala que la entidad a cargo de administrar el Fondo Colectivo Solidario de Pensiones será también encargada de "velar porque las inversiones que se hagan con cargo a esos recursos sean realizadas promoviendo la sostenibilidad económica, social y medioambiental del Estado".
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