Se anunció en La Moneda: Isapres deberán eliminar preexistencias de condiciones "con anterioridad al nacimiento"
¿Qué pasó?
Las isapres de nuestro país deberán eliminar las preexistencias de enfermedades y condiciones "con anterioridad al nacimiento", tras un fallo decretado por la Corte Suprema a raíz de un caso de discriminación.
Fallo de la Corte Suprema
Mediante una minuta, se informó que la Superintendencia de Salud instruyó a las isapres -a través de la circular número 354- que "deberán eliminar de la Declaración de Salud la consulta por síndrome de down, cardiopatías congénitas y labio leporino, entre otras".
Se instruyó, además, que "no deben considerar preexistentes aquellas enfermedades o condiciones de salud que hayan desarrollado los potenciales beneficiarios con anterioridad al nacimiento, siendo declarables únicamente las que se manifiesten con posterioridad a ello".
"Consecuentemente, frente a una patología o condición de salud previa al nacimiento, la isapre no puede restringir cobertura ni rechazar la afiliación" se detalló.
Eliminación de preexistencias
"Tuvimos un fallo histórico de la Corte Suprema que hizo justicia porque Fabián y Gloria sufrieron una gran injusticia, cuando su hijo Tomás fue discrimiando de ingresar a una compañía de seguros por tener síndrome de down", sostuvo este domingo en el Palacio de La Moneda la vocera de Gobierno, Karla Rubilar.
En esta línea, dijo que "este triunfo histórico de la Corte nos llena de esperanza de construir un país mucho más inclusivo".
¿Qué dijo el superintendente de Salud?
"Hay fundamentos suficientemente potentes en este fallo, que nos llevan a recoger esto y transformarlo en una regulación obligatoria para las isapres", aclaró el Superintendente de Salud, Patricio Fernández.
A su vez, recalcó que "desde ahora en adelante, ninguna isapre podrá exigir en la declaración de salud que una condición de una persona impida una cobertura o que simplemente no quieran afiliarlo".
Testimonio de los padres de Tomás
"Nunca habíamos tenido problemas, hasta el año pasado, que nos encontramos con la situación que en este caso, la compañía de seguros "Colmena" nos cuestionó las boletas de atención de Tomás, dando como argumento que no habíamos declarado el síndrome de down como una preexistencia", expresó el padre del afectado.
Debido a esto, la familia sostuvo que "fue un golpe muy doloroso porque fue la primera discriminación que recibió Tomás en ese momento".
"Hay muchas otras condiciones que merecen la dignidad y la justicia de tener acceso a una salud igualitaria", cerró.