Instruyen a la AFC para que trámites de seguro de cesantía se realicen de manera electrónica
¿Qué pasó?
El pasado martes, la Superintendencia de Pensiones (SP) ofició a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) respecto a la implementación de medidas para facilitar la realización de trámites relacionados con la solicitud y pago del seguro de cesantía.
La SP realizó esta acción en el marco de la expansión del coronavirus Covid-19 que se está viviendo en el país, y luego de las agomeraciones que se han registrado en las oficinas de la AFC.
¿Qué dijo la SP?
A través de un comunicado, la Superintendencia señaló que: "el objetivo de esta instrucción es disminuir la asistencia a las sucursales de la AFC, tanto en beneficio de la ciudadanía como de los trabajadores de dicha administradora y especialmente de quienes atienden público".
"La Superintendencia de Pensiones también instruyó que durante el proceso de pago la AFC debe aplicar todos los procedimientos que garanticen que el receptor del beneficio corresponde al trabajador solicitante, ya sea mediante transferencia electrónica a la cuenta corriente o cuenta vista del titular de la Cuenta Individual por Cesantía, cheque nominativo a su domicilio o pago presencial en efectivo por caja", agregó el organismo.
¿Cómo se realizará el trámite de manera electrónica?
Tras la declaración del Estado de Catástrofe, la SP dispuso de las autorizaciones necesarias para que se puedan tramitar todos los beneficios del seguro de cesantía a través del sitio web de la AFC. Para esto dispuso de dos mecanismos:
- Utilizando la Clave Única, la cual es otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
- Utilizando la Clave Única de Identificación que otorga la propia AFC, quien deberá disponer de procedimientos que permitan validar la identidad del usuario y generar un protocolo robusto de autentificación de otorgamiento, recuperación y control.
En el segundo punto, la SP también solicitó a la administradora que adopte las herramientas de prevención y detección temprana de fraudes.
"La AFC deberá implementar al menos uno de ambos mecanismos en un plazo máximo de cinco días hábiles a partir del día siguiente a la fecha del oficio, es decir, desde el próximo miércoles 1 de abril de 2020. También difundirlas de inmediato a través de su página web institucional, redes sociales, mensajes radiales, afiches en sus agencias y otros medios de comunicación masivos", sostuvo la Superintendencia.
Medidas complementarias
En su oficio, la Superintendencia dispuso de otras dos medidas complementarias:
- En materia de trámites de beneficios, la AFC deberá establecer procedimientos para que quien solicite el beneficio pueda remitir física o electrónicamente la documentación necesaria, adoptando las medidas que correspondan para comprobar que los documentos recibidos en la casilla sean genuinos. La atención presencial para este trámite de igual manera se mantiene. También deberá disponer en la página web de la AFC de toda la información necesaria para facilitar la tramitación de beneficios en forma electrónica.
- Para el pago del seguro de cesantía se estableció que deberá ser pagado preferentemente de forma electrónica. En el caso de las personas que ya se encuentren en régimen de pago del seguro y hayan elegido la opción de pago en efectivo, la AFC deberá hacer las gestiones para que ese pago pueda ser vía banca electrónica, previa comunicación con la persona.
Finalmente, la SP informó que: "se encuentra trabajando en todas las modificaciones normativas integrales necesarias que permitan utilizar la Clave Única otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación para que todas las operaciones en torno al seguro de cesantía se puedan realizar a través del sitio web de la AFC".
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