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Comisión de Constitución aprueba cuotas de género en reforma de proceso constituyente

  • Por Meganoticias

¿Qué pasó?

Este lunes, la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados aprobó las indicaciones que establece cuotas de género, pueblos originarios y participación de independientes en el proyecto de reforma que habilita el proceso constituyente.

Pasada las 23:00 horas el proyecto fue ser despachado a la Sala de la Cámara para continuar con su tramitación.

La instancia aprobó que las normas de la Convención sean aprobadas por 2/3 y que, en caso de que la propuesta de Nueva Constitución sea rechazada, continuará vigente la actual Constitución.

Cuotas de género

El documento establece que "la totalidad de candidaturas a nivel regional presentadas por un partido político no podrá superar el 50% de candidaturas de un mismo sexo".

"Las listas conformadas por un solo partido, las listas independientes y los pactos electorales deberán estar encabezadas por una candidata mujer, y se ordenarán sucesivamente de forma alternada con las candidaturas de hombres", añade.

En esa misma línea se detalla que en los distritos que reparte un número par de escaños, deberán resultar electos un 50% de mujeres y 50% de hombres. Por otra parte, los distritos que reparten un número impar de escaños se aplicarán las siguientes reglas:

  • En los distritos de tres escaños, se asignarán un máximo de dos escaños a convencionales constituyentes del mismo sexo.
  • En los distritos de cinco escaños se asignarán un máximo de tres escaños a convencionales constituyentes del mismo sexo.
  • En los distritos de siete escaños se asignarán un máximo de cuatro escaños a  convencionales constituyentes del mismo sexo.

Participación independientes

También se aprobó que dos o más candidatos independientes podrán acordar un pacto electoral, los cuales tendrán un máximo de candidaturas equivalentes al número siguiente de convencionales constituyente que corresponda elegir en cada distritos.

"La declaración e inscripción de esta lista estará sujeta a las mismas reglas que las candidaturas a diputado, en lo que les sea aplicable (...) Adicionalmente, cada candidato o candidata que conforme la lista, considerado individualmente, requerirá el patrocinio de un número de ciudadanos independientes igual o superior al 0,4% de los que hubieren sufragado en el distrito electoral en la anterior elección periódico de diputados", agrega.

Plebiscito de entrada

En la instancia fue aprobada la propuesta que establece que se realizará un plebiscito el 26 de abril del 2020, donde se consultará "¿Quiere usted una nueva Constitución?", con las alternativas "apruebo" y "rechazo".

También se preguntará si el órgano que redacte el texto deberá ser una Convención Mixta Constitucional, integrada en parte iguales por miembros elegidos popularmente y parlamentario en ejercicio; o una Convención Constitucional, integrada exclusivamente por miembros elegidos popularmente.

El documento señala que, si gana la opción de Nueva Constitución, el Presidente deberá convocar dentro de un plazo de cinco días a la elección de las y los convencionales constituyentes, cuya votación se realizará el mismo día de las elecciones municipales.

Quórum

De acuerdo al proyecto, el órgano constituyente deberá aprobar las normas y el reglamento de votación por un quórum de dos tercios. El proyecto señala que no se podrá alterar los quórums ni procedimientos para su funcionamiento y para la adopción de acuerdos.

En ese sentido, la Comisión aprobó que la Convención Mixta Constitucional estará integrada por 172 miembros, de los cuales 86 serán electos por la ciudadanía y 86 parlamentarios electos por el Congreso Pleno.

En tanto, la Convención Constitucional, estará integrada por 155 representantes elegidos por la ciudadanía.

Plebiscito ratificatorio

Además, se aprobó que el plebiscito para ratificar la propuesta del texto constitucional será obligatorio para quienes tengan domicilio electoral en Chile.

De ser aprobada, el Presidente deberá convocar al Congreso Pleno para que, en un acto público y solemne, se promulgue y se jure o prometa respetar y acatar la Nueva Constitución Política. En cambio, si se rechaza la propuesta continuaría vigente la actual Constitución.