Corte de Santiago rechaza recurso de amparo por uso de balines en sector de Plaza Baquedano
¿Qué pasó?
Este lunes 2 de diciembre la Corte de Apelaciones de Santiago decidió rechazar el recurso de amparo presentado contra Carabineros, el Ministerio del Interior y Metro por el uso de balines para dispersar a los manifestantes en el sector de Plaza Baquedano, los que habrían sido percutados desde el interior de la estación del tren subterráneo.
En fallo unánime, el tribunal de alzada descartó que haya existido un actuar arbitrario de las instituciones antes nombradas, mientras que aclaró que el recurso de amparo no es la vía correcta para denunciar posible irregularidades en relación a los protocolos de Carabineros.
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— Poder Judicial Chile (@PJudicialChile) December 2, 2019
¿Qué dice el fallo?
“Que el de amparo es un recurso de naturaleza excepcional, que encuentra su origen y fuente en la Constitución Política de la República y persigue, por su intermedio, tutela y protección de parte de los Tribunales Superiores de Justicia, en los casos en que por actos de particulares o de alguna autoridad, se vean ilegítimamente vulneradas las garantías de libertad y seguridad individuales. En el caso sublite, los recurrentes no se encuentran presos ni detenidos, ni hay amenaza de que ello ocurra”, explica el texto.
"Si los recurrentes entienden que han sido víctimas de ilícitos por parte de Carabineros, les asiste el derecho de ejercer las acciones que estimen convenientes, pero esta acción constitucional no es la idónea para exigir eventuales responsabilidades penales. No es la judicatura la encargada de establecer protocolos de uso de determinados elementos antidisturbios, los que no están prohibidos por la ley, materia que es propia de la regulación hecha por la misma policía o por la autoridad ejecutiva. Como se dijo, si se denuncia una trasgresión a tales protocolos o, derechamente, la comisión de un ilícito, se debe denunciar por las vías correspondientes, y no por el arbitrio constitucional del artículo 21 de la carta Constitucional", agrega.
Finalmente, agrega que "en cuanto al Ministerio del Interior y a Metro S.A., no se advierte razón alguna para la interposición del recurso de autos".
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