Evasiones en Metro de Santiago: ¿Qué significa que se aplique la Ley de Seguridad del Estado?
"Estamos estudiando la posibilidad de aplicar la Ley de Seguridad del Estado (...) Vamos a aplicar, esta vez con mucha fuerza, la justicia, ya que muchos ya están identificados".
Con esas palabras, el Presidente Sebastián Piñera describió las opciones que baraja el Gobierno para enfrentar la escalada de evasiones masivas que afectan de forma generalizada al Metro de Santiago, provocando incluso el cierre completo de algunas de sus Líneas.
El anuncio del Mandatario fue reforzado por el ministro del Interior, Andrés Chadwick, quien manifestó que se inició una recopilación "de las evidencias para efectos de que la ley y la querella que presentemos vaya directamente contra aquellas personas que hemos visto provocando y realizando los daños y la violencia".
¿Qué dice la ley?
Ambas autoridades se refieren a la Ley 12.927 de Seguridad Interior del Estado, que en su Título 3 establece las penas relativas a los delitos contra el Orden Público, estableciendo penas más altas que aquellas contenidas en el Código penal.
El Artículo 6 de la norma, en su letra C, establece que incurren en delito contra el orden público "los que inciten a destruir, inutilizar, interrumpir o paralizar, o de hecho destruyan, inutilicen, interrumpan o paralicen, instalaciones públicas o privadas de alumbrado, energía eléctrica, de agua potable, gas u otras semejantes; y los que incurran en cualquiera de los actos antedichos con el fin de suspender, interrumpir o destruir los medios o elementos de cualquier servicio público o de utilidad pública".
Penas
Las penas para los hechos descritos se encuentran específicadas en el Artículo 7 de la misma norma, que establece que se aplicará el castigo de "presidio, relegación o extrañamiento menores en sus grados mínimo a medio, sin perjuicio de las penas accesorias que correspondan según las reglas generales del Código Penal".
Lo anterior significa que los condenados por esta ley deberán cumplir penas que van de los 61 días a los tres años de reclusión, además de las multas que procedan en cada caso, las cuales son fijadas en Unidades Tributarias Mensuales.
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