Congreso despacha ley que obliga a empresas a retirar cables en desuso
¿Qué pasó?
Luego que el Senado despachara a la Cámara el proyecto con dos indicaciones, este fue sometido a dos votación esta semana y quedó listo para ser promulgado en los próximos noventa días. Se trata de la reforma a la Ley de Telecomunicaciones en los números que se ocupan de la regulación del tendido eléctrico aéreo.
La reforma despachada indica que los elementos que hayan dejado de ser utilizados para los fines del servicio que fueron instaladas, y que sean considerados como desechos, deberán ser retirados por la respectiva concesionaria, o empresa distribuidora, en el plazo indicado por la ley. Una norma que se extiende además del cableado público a los condominios de viviendas sociales.
Esta nueva reglamentación viene a solucionar uno de los tantos problemas que enfrentaban a los municipios con las distribuidoras de servicios que instalan cables, pues muchos de ellos estaban en desuso sin que nadie se responsabilizara de su retiro.
“Con ello, se fijarán obligaciones para las empresas que cuenten con líneas aéreas o subterráneas de servicios de telecomunicaciones, obligándolas a retirar la cantidad de cables que hoy están en desuso y podremos exigir al ministerio de Transportes que fiscalice y curse las multas en caso de incumplimiento”, detalló el senador del PPD Felipe Harboe, uno de los principales impulsores de este proyecto en el Congreso.
¡Celebramos ✨! ¡Con tod@s! ¡Súmense! ¡Por unanimidad en la @CamaraDiputados fue aprobado y despachado el Proy de Ley que obliga a compañías a retirar cables aéreos en desuso! ¡La Ley #ChaoCables👋 está lista para ser promulgada por el presidente @sebastianpinera! #ChileEnMarcha pic.twitter.com/8lKlE1jJbC
— Subsecretaría de Telecomunicaciones (@subtel_chile) July 3, 2019
Plazos y sanciones
Desde que el cableado aéreo es declarado como desecho, las empresas tendrán un plazo de cinco meses para su retiro, cualquier daño o perjuicio que se genere producto de estos trabajos será de exclusiva responsabilidad de la concesionaria.
El incumplimiento de esta obligación será sancionado con una multa a beneficio municipal de cien a mil UTM, entre $4.903.300 pesos y $49.033.000 pesos.