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Fiestas Patrias: ¿Qué días son feriados obligatorios e irrenunciables?

  • Por Meganoticias

Sin duda este 2018 tiene una celebraciones más extensas de Fiestas Patrias de los últimos años, contemplando cinco días de festividad, la cual abarca desde el sábado 15 hasta el miércoles 19 de septiembre. Sin embargo, no todos los días tienen el mismo significado de excusa laboral.

Los dos primeros días (sábado y domingo) son considerados fin de semana habituales, pero la situación cambia con las tres jornadas posteriores.

De acuerdo a lo estiputado por la Dirección del Trabajo y en el artículo 2 de la Ley 19.973, modificada por las leyes 20.215, 20.629 y 20.918, solo el martes 18 y miércoles 19 del mes son considerados feriados obligatorios e irrenunciables.

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Este beneficio aplica "para todos los trabajadores del comercio, con excepción de aquellos que se desempeñan en clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimientos, tales como, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabarets, locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados".

"Tampoco es aplicable a los trabajadores de expendio de combustibles, farmacias de urgencia y de las farmacias que deben cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria. Las tiendas de conveniencia asociadas a establecimientos de venta de combustibles podrán atender público en la medida que coexista la actividad de venta directa de los productos que allí se ofrecen, con la elaboración y venta de alimentos preparados, que pueden ser consumidos por el cliente en el propio local", señala la normativa.

No obstante, la ley señala que "los trabajadores exceptuados de los descansos irrenunciables en el comercio tendrán derecho a los mismos, a lo menos, una vez cada dos años respecto de un mismo empleador, pudiendo pactar con este la rotación del personal necesario para este fin".

Finalmente, el lunes 17 corresponde a un feriado habitual, pero no tiene la categoría de obligatorio e irrenunciable.

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