Censo 2017: ¿Hay Ley Seca? Así será el funcionamiento de los bares y botillerías
A partir de las 9.00 horas de este miércoles se espera que los más de 580 mil encuestadores comiencen a golpear las puertas de los hogares para realizar las 21 preguntas que conforman el cuestionario del Censo 2017. Sin embargo, formalmente, este proceso comenzará una vez pasada la medianoche de este martes, es decir, a las 00.00 horas de este miércoles. Esto se define como el "Momento Censal".
Lo anterior tiene como objetivo principal, el definir una línea que marque el límite de la de contabilización de personas, por ejemplo, aquellos bebés que nazcan después de las 00.00 horas del miércoles no serán contemplados dentro del conteo. Lo contrario opera para los que fallezcan pasadas las 00.00 horas del miércoles, quienes igualmente figurarán dentro de la encuesta.
No obstante, este "Momento Censal" fijado para las 00.00 horas del miércoles también marca la entrada en vigencia del feriado irrenunciable que operará durante el 19 de abril. En efecto, a esa hora todos los locales de entretenimiento nocturno, ya sea bares, restoranes, discotecas o cabarets, entre otros, deberán tener sus puertas cerradas.
Esto en virtud de la normativa legal vigente, (Ley Nº 20992, Ley Nº 20828, Ley Nº 19973, Código del Trabajo), que señala: "quedan prohibidas, desde las 0:00 horas hasta las 20:00 horas del día en que se realice el Censo, las actividades, espectáculos y reuniones públicas al aire libre o en recintos cubiertos, funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas y eventos similares a los indicados".
¿LEY SECA?
La respuesta es no. A diferencia de las jornadas de elecciones, durante el desarrollo del Censo no regirán los preceptos de la Ley Seca, es decir, será posible, por ejemplo, comprar bebidas alcohólicas en botillerías que sean atendidas por su dueños, ya que estas no serán alcanzadas por los efectos de un feriado irrenunciable.
NO PUEDEN TRABAJAR
La Cámara Nacional de Comercio (CNC) informó expresamente que no podrán trabajar este 19 de abril quienes se desempeñen en malls, centros comerciales, grandes tiendas, discotecas, pubs, cabarets, casinos de juego u otros lugares de juego autorizado, bares, clubes, restaurantes, supermercados, rotiserías, panaderías y, en general, todos quienes presten servicios en el comercio de bienes y productos alimenticios, cualquiera sea el tamaño de la empresa donde desempeñen sus funciones.
MULTAS
Paralalemanete, la CNC recordó que el incumplimiento de la normativa es sancionado con multa a beneficio fiscal de 5 UTM (cerca de 230 mil pesos) por cada trabajador afectado si el empleador tuviere contratados hasta 49 trabajadores; 10 UTM (casi 460 mil pesos) por cada trabajador afectado si el empleador tuviere contratados de 50 a 199, y 20 UTM (casi 920 mil pesos) por cada trabajador afectado si el empleador tuviere contratados a 200 o más dependientes.
LEE TAMBIÉN