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"Un ataque a la intimidad": Tribunal español declara que un beso no consentido es una agresión sexual

¿Qué pasó?

Durante el pasado martes, el Tribunal Supremo (TS) de España determinó que dar un beso sin consentimiento expreso o tácito constituye un delito de agresión sexual, el cual puede llegar a ser penado con cárcel.

La sentencia se dio a conocer en el marco del juicio contra un agente policial que dio un beso en la mejilla a una detenida sin su consentimiento. El hombre replicó la acción en la zona de calabozos, pero esta vez quiso besar los labios de la mujer.

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El caso que dio pie a la determinación del tribunal

Los hechos ocurrieron el 5 de enero de 2020, en los juzgados del Prado de San Sebastián de Sevilla. Si bien en un principio el delito fue catalogado como abuso sexual, con la "ley del solo sí es sí" pasó a considerarse un delito de agresión sexual.

Dicha normativa, aprobada en 2022, elimina la distinción entre abuso y agresión sexual (todo se considera agresión), y el consentimiento expreso en las relaciones pasa a ser la clave para juzgar los delitos, de ahí proviene su nombre.

 

Imagen referencial/Freepik.

 

Ahora, el TS confirmó la condena del acusado, quien deberá pasar un año y nueve meses tras las rejas, ya que su actuar constituye una "intromisión en la libertad sexual" de la víctima con el propósito de "obtener una satisfacción sexual a costa de otro".

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Cabe destacar que la sentencia incluye una circunstancia agravante de prevalimiento (situación de superioridad), dado que el agente aprovechó la situación de detención de la afectada, y una atenuante de embriaguez.

La clave está en el consentimiento

El máximo tribunal destacó que no es necesario que la víctima rechace explícitamente la acción, sino que "la clave está en el consentimiento, al punto de que si este no ha concurrido, ha habido agresión sexual".

Los magistrados enfatizaron en que "no puede entenderse que exista un derecho de cualquier persona a acercarse a otra y darle un beso cuando la víctima no lo admite como prueba de cariño o afecto".

Además, se agrega que esta acción es "un ataque personal a su intimidad y libertad sexual de consentir o no consentir quién pueda acercarse a la misma para hacer un acto tan íntimo y personal como es darle un beso".

Si se trata de "besos robados", el Tribunal Supremo señala que estamos ante un "ataque a la libertad de la mujer, de decidir con quién quiere besarse, o quién acepta y admite que le dé un beso".

Denuncia

Si eres víctima o testigo de violencia hacia la mujer el fono de orientación dispuesto por el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SernamEG) es el 1455.

El número se puede marcar tanto en teléfono fijo como en el celular y desde ahí brindan orientación para ayudar a víctimas de maltrato o te guían con los mecanismos para realizar una denuncia.

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