Rechazan recurso de nulidad presentado por Parisi por demanda de pensión de alimentos
¿Qué pasó?
El Tercer Juzgado de Familia de Santiago, desestimó los argumentos de Franco Parisi y rechazó el recurso de nulidad presentado por el candidato presidencial por una demanda de pensión de alimentos en su contra.
Cabe señalar que la carta del Partido de la Gente, mantendría una deuda que supera los $200 millones por lo cual existe una orden de arraigo en su contra.
¿Qué dice el fallo?
El fallo desestimó los argumentos de Parisi señalando sobre que no ha sido notificado que "la obligación de informar el domicilio correcto, no la tenían los alimentarios, sino el propio alimentante quien debió informar al tribunal todo cambio de domicilio dentro del plazo de 30 días desde que se produjo, bajo sanción de aplicar una multa".
Agrega que "las notificaciones se produjeron en el domicilio que el alimentante mencionó en la transacción y que solo correspondía a él, ya que de acuerdo a la cláusula novena, los alimentarios y su madre debieron hacer entrega de dicho inmueble y retirar todas sus pertenencias según inventario. Por tales motivos, en opinión de esta magistrada, este hecho tampoco es posible considerarlo como un vicio que justifique la nulidad requerida".
El texto también indica que "el incidentista argumenta que existe afectación de sus derechos por el arraigo decretado. Frente a esta alegación se ha tenido presente que los alimentarios desde el año 2016 han realizado peticiones de cobro de las obligaciones de alimentos en múltiples ocasiones, se ha requerido todas las medidas posibles para el cobro, sin que las cartolas de cuentas bancarias donde se debió efectuar el pago según la escritura registren que la obligación se cumplió por completo".
"Al respecto el artículo 1698 del Código Civil hace de cargo del deudor comprobar el pago, a los alimentarios acreditar la existencia de la obligación –justificado en la causa- y el artículo 14 de la ley 14908 obliga a adoptar incluso de oficio los apremios personales advertida la existencia de un incumplimiento", añade el documento.
"Este es un juicio reservado"
Durante el día, Parisi señaló que "desde el momento en que yo decidí ser candidato mi vida cambió y siempre viene este fenómeno de la judicialización" y agregó que "este es un juicio reservado, aquí hay niños menores involucrados, por ley eso no debió haber sido puesto al aire. Es un juicio que se va a llevar adelante y estoy seguro de que voy a salir positivamente victorioso".
Por otro lado, sobre la orden de arraigo indicó que según su abogado "eso se va a levantar así que no hay problema con eso. Yo estoy fuera de Chile, entonces que tenga una orden de arraigo en Chile es bastante curioso. Yo puedo entrar sin ningún problema a Chile, soy una persona completamente libre".
La explicación de la abogada de Parisi
Quien también entregó detalles de la deuda por pensión de alimentos, fue la abogada de Parisi, Elizabeth Rodríguez, quien aseguró en el matinal Mucho Gusto que "no debe dinero. Acá hay un desafortunado malentendido judicial".
"Ellos se separaron y el año 20211 celebraron un acuerdo completo y suficiente que es un documento que todos los chilenos que nos hemos separado conocemos, que regula los alimentos, la relación directa y regular y en caso de divorcio temas específicos de las compensaciones económicas si es que proceden", manifestó.
Asimismo, dijo que "en relación a los alimentos esto quedó absolutamente zanjado en 2011 y fue la mamá de los hijos de Franco quien presentó de manera voluntaria en el tribunal el documento. El tribunal en 2011 acogió y lo aprobó".
La profesional explicó que el problema se produjo porque los depósitos acordados se hicieron a la cuenta corriente de la exesposa de Parisi, ya que desde el extranjero no se permite realizarlo a una CuentaRut o vista, que es la utilizada en Chile para pensiones de alimentos.